Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-016- SSA2-1994, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-016-SSA2-2009, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera

Fecha de disposición21 Febrero 2012
Fecha de publicación21 Febrero 2012
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. PABLO A. KURI MORALES, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o fracciones II y XVII, 13 apartado A) fracción I, 133 fracción I, 134 fracción I, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 145, 146, 147, 152, 154, 351, 361 y 393 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones III y XI, 41, 43, 47 fracción I y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 8 fracción V, 10 fracciones VI y XVI y 45 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Modificación a Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA2-1994, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-016-SSA2-2009, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera.

El presente Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados dentro de los 60 días naturales contados a partir de su publicación, presenten sus comentarios por escrito ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja No. 7, primer piso, colonia Juárez, código postal 06696, México, D.F., teléfono y fax: 55-53-70-56, correo electrónico pablo.kuri@salud.gob.mx.

Durante el plazo mencionado, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto y la Manifestación de Impacto Regulatorio estarán a disposición del público en general, en el domicilio del Comité mencionado en el párrafo anterior, para su consulta.

CONSIDERANDO

Que con fecha 5 de octubre del año 2000, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA2-1994, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera y que entró en vigor al día siguiente de su publicación.

Que el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, antes Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades, ha realizado el seguimiento de la Norma Oficial Mexicana en cuestión y ha decidido, después de los análisis científicos necesarios, proponer la actualización del contenido de la Norma de mérito ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, especialmente en cuanto al monitoreo ambiental y la identificación de la toxigenicidad del agente que causa el cólera.

Que en atención a las anteriores consideraciones, se expide el siguiente:

PROYECTO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-016-SSA2-1994, PARA LA VIGILANCIA, PREVENCION, CONTROL, MANEJO Y TRATAMIENTO DEL COLERA, PARA QUEDAR COMO PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-016-SSA2-2009, PARA LA VIGILANCIA, PREVENCION, CONTROL, MANEJO Y TRATAMIENTO DEL COLERA

PREFACIO

En la elaboración del Proyecto de esta Norma Oficial Mexicana, participaron las siguientes instituciones y unidades administrativas:

SECRETARIA DE SALUD

Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud

Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades

Centro Nacional para la Atención de la Salud de la Infancia y la Adolescencia

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

Dirección General de Promoción de la Salud

Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos

Dirección General de Epidemiología

SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL

Dirección General de Sanidad

SECRETARIA DE MARINA

Dirección General Adjunta de Sanidad Naval

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

Subdirección de Regulación de Servicios de Salud

PETROLEOS MEXICANOS

Gerencia de Servicios Médicos

COMISION NACIONAL DEL AGUA

Subdirección General de Agua Potable Drenaje y Saneamiento

Gerencia de Potabilización y Tratamiento

Subgerencia de Agua Limpia

Subdirección General de Administración del Agua

Gerencia de Calidad y Reuso del Agua e Impacto Ambiental

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones y abreviaturas

  5. Vigilancia epidemiológica y generalidades

  6. Laboratorio

  7. Sanidad Internacional

  8. Control Sanitario, Promoción de la Salud y Saneamiento Básico

  9. Atención a pacientes

  10. Medidas de seguridad biológica

  11. Estudio y control de brotes

  12. Capacitación del personal de salud

  13. Insumos para la prevención y control

  14. Organización

  15. Disposiciones complementarias

  16. Concordancia con normas internacionales y normas mexicanas

  17. Bibliografía

  18. Observancia de la Norma

  19. Vigencia

  20. Introducción

    El cólera es una infección intestinal aguda causada por el Vibrio cholerae O1 y O139 ambos toxigénicos que se transmite al hombre por la ingesta de agua y alimentos contaminados por este microorganismo.

    La enfermedad se presenta en personas de cualquier edad y se caracteriza por diarrea abundante y vómito que puede llegar a la deshidratación, la cual puede evolucionar hasta el choque hipovolémico y causar la muerte.

    Esta enfermedad ha causado siete grandes epidemias en el mundo desde 1817 hasta la actualidad. La séptima pandemia se inició en Indonesia en 1961 y se diseminó a todo el mundo. En enero de 1991 se diagnosticaron los primeros casos de cólera en Perú para después extenderse al resto de los países del continente americano.

    Hasta 1992 se reconocía al Vibrio cholerae O1 como agente de las epidemias de cólera en el mundo; sin embargo, en 1992 y 1993 se identificaron en India y Bangladesh brotes epidémicos de gran magnitud, causadas por un nuevo microorganismo, el Vibrio cholerae O139. El cuadro clínico que produce este serotipo es muy similar al Vibrio cholerae O1 ya que produce una enterotoxina casi idéntica. Actualmente la presencia de casos de cólera por el serotipo O139 se ha confirmado únicamente en Asia suroriental.

    En México, después de que durante más de 100 años no se habían registrado casos de cólera, en 1991 se identificó el primer caso en la localidad de San Miguel Totolmaloya, Estado de México, con la séptima pandemia.

    De 1991 a 1999 se confirmaron 45,792 casos de cólera distribuidos en 31 entidades federativas con una mediana de 2,690 casos (tasa de morbilidad de 3.2 por 100,000 habitantes); ocurrieron 552 defunciones (tasa de letalidad de 1.2 por ciento). Las últimas defunciones por cólera se presentaron en 1997. En el 2000 se presentaron 5 casos (morbilidad de 0.005 por 100,000 habitantes) en cuatro entidades federativas, no se presentaron defunciones.

    En 2001 se presentó un caso (morbilidad de 0.001 por 100,000 habitantes) y no se presentaron defunciones. Desde entonces no se han confirmado casos de cólera en México. De manera rutinaria se realizan acciones de búsqueda intencionada.

    El cólera es una enfermedad prevenible y controlable a través de acciones que incluyen la vigilancia epidemiológica, el diagnóstico oportuno,, la atención médica, la vigilancia del saneamiento ambiental y el fomento para la salud; estas acciones se realizan conjuntamente por los sectores público, social y privado.

    La Organización Mundial de la Salud, por medio de un comunicado, excluyó a México de la lista de países infectados por cólera en 2001. Por ello la importancia de reforzar las actividades de vigilancia sanitaria y la búsqueda intencionada de casos para mantener esa condición.

    Mediante la vigilancia epidemiológica activa y el monitoreo ambiental permanente tanto en manejadores de alimentos de productos provenientes del mar, así como de puntos de monitoreo fijos definidos por los antecedentes de la presencia de casos, se ha demostrado que la circulación ambiental de la bacteria persiste, ya que durante cuatro años de vigilancia se ha aislado la bacteria en 21 entidades federativas.

    Durante estos años no se han presentado casos. En el 2002 se identificó la bacteria en 46 muestras; 57 en el 2003; 31 en el 2004, 35 en el 2005; 86 en 2006; 68 en 2007 y 22 en 2008.

    Con base a lo expuesto, es necesaria la revisión de esta Norma Oficial Mexicana con enfoque más estricto en el monitoreo ambiental y la identificación de la toxigenicidad del agente mediante pruebas de laboratorio específicas y definir nuevas estrategias encaminadas a la seguridad en salud de la población.

  21. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Esta Norma tiene por objeto establecer los criterios y especificaciones sobre las actividades relacionadas a la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera.

    1.2 Esta Norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y su ejecución involucra a los sectores público, social y privado que integran el Sistema Nacional de Salud.

  22. Referencias

    Para la correcta aplicación de esta Norma Oficial Mexicana es necesario consultar las siguientes normas o las que las sustituyan:

    2.1 Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-1994, para la vigilancia epidemiológica.

    2.2 Norma Oficial Mexicana NOM-242-SSA1-2009, Productos y servicios. Productos de la pesca frescos, refrigerados, congelados y procesados. Específicamente sanitarias y métodos de prueba.

    2.3 Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2002, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, sueros, antitoxinas e inmunoglobulinas en el humano.

    2.4 Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2005, Servicios básicos de Salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.

    2.5 Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Protección ambiental, Salud Ambiental, Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos, Clasificación y especificaciones de manejo.

    2.6 Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de...

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