Decreto Promulgatorio de la Enmienda de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, adoptada en Gaborone, Botswana, el treinta de abril de mil novecientos ochenta y tres

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EmisorSecretaría de Relaciones Exteriores

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:

El treinta de abril de mil novecientos ochenta y tres, en Gaborone, Botswana, se adoptó la Enmienda de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, cuyo texto en español consta en la copia certificada adjunta.

La Enmienda mencionada fue aprobada por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el nueve de diciembre de dos mil ocho, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del veintiséis de febrero de dos mil nueve.

El instrumento de aceptación, firmado por el Titular del Poder Ejecutivo Federal el veinticuatro de marzo de dos mil nueve, fue depositado ante el Gobierno de la Confederación Suiza, de conformidad con lo establecido en el artículo XVII de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres.

Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, el diez de abril de dos mil catorce.

Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica.

MAX ALBERTO DIENER SALA, CONSULTOR JURÍDICO DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES,

CERTIFICA:

Que en los archivos de esta Secretaría obra copia certificada de la Enmienda de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, adoptada en Gaborone, Botswana, el treinta de abril de mil novecientos ochenta y tres, cuyo texto en español es el siguiente:

Enmienda de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres

La Conferencia de las Partes en la CITES celebró su segunda reunión extraordinaria en Gaborone, Botswana, el 30 de abril de 1983 (el último día de la cuarta reunión ordinaria de la Conferencia de las Partes), para examinar una propuesta de enmienda al Artículo XXI de la Convención, a fin de autorizar la adhesión de las organizaciones de integración económica regional.

La Conferencia de las Partes adoptó la propuesta con varios cambios y la enmienda acordada que consiste...

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