Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar proposiciones o celebrar contrato con la empresa Distribuciones Redal, S.A. de C.V.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de la Función Pública |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Distribuciones Redal, S.A. de C.V.- Expediente SAN/043/2013. CIRCULAR No. 003
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPOSICIONES O CELEBRAR CONTRATO CON LA EMPRESA DISTRIBUCIONES REDAL, S.A. DE C.V.
OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS,
DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS
GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.
PRESENTES.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 2, 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 62, fracción III, numeral 2, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dos de enero de dos mil trece, así como en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo Cuarto de la resolución SAN 013, de catorce de marzo de dos mil catorce, dictada en el expediente SAN/043/2013, a través de la cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa DISTRIBUCIONES REDAL, S.A. DE C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno derivado de los procedimientos de contratación pública con dicha persona de manera directa o por interpósita persona, durante el plazo de seis meses contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Circular en el Diario Oficial...
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