Acuerdo 53.1345.2014 relativo a la modificación a las Reglas para el Otorgamiento de Créditos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

EdiciónMatutina
EmisorInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Secretaría General.- Prosecretaría de la Junta Directiva.- SG/SJD/0617/2014. Lic. Sebastián Lerdo de Tejada C.

Director General del Instituto.

Presente.

En sesión ordinaria celebrada por Junta Directiva, el día 27 de junio de 2014, al tratarse lo relativo a la modificación a las Reglas para el Otorgamiento de Créditos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se tomó el siguiente:

ACUERDO 53.1345.2014.- "La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 214, fracción XVI, inciso c), de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 14, fracción XVII, inciso e), de su Estatuto Orgánico; y con base en el acuerdo aprobatorio de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda número 5903.871.2014, por unanimidad, aprueba la modificación a las Reglas para el Otorgamiento de Créditos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado aprobadas mediante acuerdo 43.1332.2012, como sigue:

REGLAS PARA EL OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS DEL FONDO DE LA VIVIENDA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

...

PRIMERA.- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 123, apartado B, fracción XI, inciso f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y su Estatuto Orgánico, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, es la Unidad Administrativa Desconcentrada encargada de establecer y operar un sistema de financiamiento, mediante el otorgamiento de los préstamos con garantía hipotecaria contemplados en las presentes Reglas y aquellos que autorice la Comisión Ejecutiva.

SEGUNDA.-...

I. Acción de vivienda.- Las que el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado promueva, dirija o administre con la finalidad de dignificar la vivienda de los trabajadores y que no impliquen el otorgamiento directo de créditos por parte de dicho órgano desconcentrado.

II. Acreditado.- El trabajador o pensionado que haya ejercido el derecho de un crédito hipotecario o una Acción de vivienda, en cualquiera de sus esquemas de financiamiento.

...

XVIII. Expediente electrónico único.- El documento emitido por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que contiene las aportaciones del cotizante, a la Subcuenta de Vivienda.

...

XXVI. Mandatario.- Las instituciones de crédito del sistema financiero mexicano, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas y no reguladas, denominadas entidades financieras, cuyo objeto social incluya la originación de créditos, que hayan celebrado convenio de concertación de acciones con el Instituto por conducto del FOVISSSTE, para participar en el procedimiento de otorgamiento de créditos mediante mandato expreso del mismo.

...

XXVIII. Monto Máximo de Crédito.- Aquel que otorgue el FOVISSSTE en función de, entre otros factores, la capacidad de pago de los trabajadores.

...

XXX. Órganos de Gobierno.- La Junta Directiva y la Comisión Ejecutiva.

TERCERA.- ...

En el caso de las Acciones de vivienda, los cotizantes se sujetarán a las disposiciones autorizadas por los Órganos de Gobierno.

...

CUARTA.- ...

...

Las Acciones de vivienda se otorgarán para los fines que establezcan los Órganos de Gobierno

QUINTA.- ...

SEXTA.- ...

SÉPTIMA.- El cónyuge, la concubina o el concubinario, tendrán derecho de obtener un crédito mancomunado al 100% del procedimiento no aleatorio. En el caso de créditos asignados por procedimiento aleatorio también obtendrán el 100%, cuando se hubiesen inscrito de manera individual y ambos hayan resultado ganadores dentro del mismo ejercicio fiscal, en los términos aprobados en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR