Declaratoria de libertad de terreno abandonado para que se ejerza el derecho preferente, que establece el artículo décimo cuarto transitorio del Reglamento de la Ley Minera

DOF, 9 de Noviembre de 1999Poder Ejecutivo › Secretaria de Comercio y Fomento Industrial

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Declaratoria de libertad de terreno abandonado para que se ejerza el derecho preferente, que establece el artículo décimo cuarto transitorio del Reglamento de la Ley Minera

DECLARATORIA de libertad de terreno abandonado para que se ejerza el derecho preferente, que establece el artículo décimo cuarto transitorio del Reglamento de la Ley Minera.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

DECLARATORIA DE LIBERTAD DE TERRENO ABANDONADO PARA QUE SE EJERZA EL DERECHO PREFERENTE QUE ESTABLECE EL ARTICULO DECIMO CUARTO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO DE LA LEY MINERA

La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, a través de la Dirección General de Minas, con fundamento en los artículos 1o. y 14 párrafo segundo de la Ley Minera; 6o. fracción III, 33 y décimo cuarto transitorio de su Reglamento, y 34 fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, y con motivo de las resoluciones que declararon la nulidad de las concesiones mineras Tamara Norte, T-200120, Tamara Oeste, T-201658, Tamara Teck, T-205229, San Miguel, T-205387 y Tamara 2, T-205921, contenidas en los oficios 610/5914, 610/5915, 610/5916, 610/5917 y 610/5918, respectivamente,...

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