Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Ferrovial del Istmo, S.A. de C.V.   

Fecha de disposición18 Marzo 2008
Fecha de publicación18 Marzo 2008
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Ferrovial del Istmo, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Petroquímica (PPQ).- Area de Responsabilidades.- Expediente SANC-0093/2007.

CIRCULAR No. 18/578.1/0326/2008

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA FERROVIAL DEL ISTMO, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores y equivalentes

de las dependencias y entidades

de la Administración Pública Federal,

Procuraduría General de la República y

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9, primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 fracción IV, 77, 78 fracción IV, 79 y 80 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero del oficio número 18/578.1/0277/2007, de fecha veinticinco de febrero de dos mil ocho, que se dictó en el expediente SANC.0093/2007, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa, Ferrovial del Istmo, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno con dicha empresa, de manera directa o por interpósita persona, sobre las materias de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, por un plazo de un año con seis meses, contado a partir del día siguiente, al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación.

En virtud de...

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