Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Infoestratégica Latina, S.A. de C.V

Fecha de disposición14 Octubre 2005
Fecha de publicación14 Octubre 2005
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Infoestratégica Latina, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.- Area de Responsabilidades.

CIRCULAR No. 21/355/OIC/AR/140/2005

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA INFOESTRATEGICA LATINA, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 1, 6, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 69 de su Reglamento y artículo 67 fracción I puntos 5, 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veintisiete de mayo de dos mil cinco, reformado el día veintiuno de junio del mismo año; y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la resolución contenida en el oficio número 21/355/OIC/AR/114/2005 de fecha veintisiete de septiembre del año en curso, que se dictó en el expediente número OIC/AR/SP/01/2005, mediante el cual se determinó imponer a la empresa...

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