Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral en acatamiento a la sentencia emitida por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente identificado con el número SUP-JDC-414/2008, relativo a la solicitud de registro como agrupación política nacional de la asociación civil denominada Venustiano Carranza

DOF, 20 de Marzo de 2009Organismos Autonomos › Instituto Federal Electoral

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Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral en acatamiento a la sentencia emitida por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente identificado con el número SUP-JDC-414/2008, relativo a la solicitud de registro como agrupación política nacional de la asociación civil denominada Venustiano Carranza

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG60/2009. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN ACATAMIENTO A LA SENTENCIA EMITIDA POR LA H. SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, EN EL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON EL NUMERO SUP-JDC-414/2008, RELATIVO A LA SOLICITUD DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL DE LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "VENUSTIANO CARRANZA".

Antecedentes

I. El quince de diciembre de dos mil seis, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, aprobó el Acuerdo por el que se expide el Instructivo que deberá observarse para la obtención del registro como Agrupación Política Nacional en el año 2008, así como diversas disposiciones relativas a la revisión de los requisitos que se deben cumplir para dicho fin, mismo que en adelante se denominará como "EL INSTRUCTIVO". Dicho acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintinueve de diciembre de dos mil seis.

II. El treinta y uno de enero de dos mil ocho, ante la Dirección de Partidos Políticos y Financiamiento de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, la asociación civil denominada "Venustiano Carranza", bajo protesta de decir verdad, presentó su solicitud de registro como agrupación política nacional, acompañándola, según su propio dicho, de lo siguiente:

a. Original de Instrumento Público número veintiséis de fecha veintisiete de enero de mil novecientos noventa y nueve, expedido por el Lic. Telémaco Othón Zertuche Flores Notario Público número once del distrito de Monclova, Coahuila, en doce fojas útiles.

b. La cantidad de cinco mil seiscientos originales autógrafos de manifestaciones formales de afiliación.

c. Originales de las listas de cinco mil seiscientos asociados, presentados en diecinueve discos compactos.

d. Documentos con los que se pretende acreditar la existencia de su sede nacional y siete delegaciones estatales, en las siguientes entidades: Puebla, Hidalgo, Distrito Federal, Nuevo León, Tamaulipas, Durango y Coahuila, siendo esta última la sede nacional.

e. Documentos Básicos: Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos, presentados en dieciocho, dos y treinta y tres fojas útiles, respectivamente, anexando un disco compacto.

Dicha documentación fue depositada en siete cajas, mismas que fueron selladas por los funcionarios del Instituto responsables de la recepción y rubricadas por los representantes de la asociación. Asimismo, se entregó a la asociación el correspondiente acuse de recibo, en el cual se le citó para el día cinco de febrero del dos mil ocho, con la finalidad de llevar a cabo la verificación de su documentación, de conformidad con el numeral 12 de "EL INSTRUCTIVO".

III. Con fecha cinco de febrero de dos mil ocho, en las oficinas de la Dirección de Partidos Políticos y Financiamiento, y ante la presencia del Lic. Enrique Neaves Muñiz, representante legal de la asociación, se abrieron las cajas donde se depositó la documentación referida en el punto anterior, a efecto de proceder a su revisión, de la que se derivó lo siguiente:

"1. Que siendo las diez horas con cuarenta minutos del día en que se actúa, se procede a la apertura de las siete cajas que contienen la solicitud de registro y sus anexos presentados por la mencionada asociación de ciudadanos.- - - - - - - - - - - - 2. Que del interior de la caja marcada con el número uno se extrae un sobre que contiene la solicitud de registro presentada por la referida asociación de ciudadanos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3. Que la solicitud de registro consta de dos fojas útiles y no contiene todos y cada uno de los requisitos señalados en el punto 2 del "Instructivo que deberá observarse para la obtención de registro como Agrupación Política Nacional en el año 2008", pues carece de la descripción de emblema y color o colores que caracterizan a la agrupación. Sin embargo; en este acto el representante de la asociación hace la aclaración que el emblema se encuentra descrito en el articulo 10° de los estatutos de la asociación antes mencionada.-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4. Que a la solicitud se acompaña original de Instrumento Público número veintiséis

de fecha veintisiete de enero de mil novecientos noventa y nueve, ante notario público número once del distrito de Monclova Coahuila. Que el documento consta de doce fojas útiles que acredita la constitución de la asociación solicitante. - - - - - - - - 5. Que también se anexa original de Instrumento Público número veintiséis de fecha veintisiete de enero de mil novecientos noventa y nueve, ante notario público número once del distrito de Monclova Coahuila. Que el documento consta de doce fojas útiles que acredita la personalidad de quien suscribe la...

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