Acuerdo ACDO.IN2.HCT.280514/112.P.DA y anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2014, relativo al Informe de los Servicios Personales en el IMSS 2013. (Continúa de la Primera Sección)

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EmisorInstituto Mexicano del Seguro Social

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ACUERDO ACDO.IN2.HCT.280514/112.P.DA y anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2014, relativo al Informe de los Servicios Personales en el IMSS 2013. (Continúa de la Primera Sección) (Viene de la página 125 de la Primera Sección)

Gráfica IV.24

Estructura de la Coordinación de Presupuesto e Información Programática

Gráfica IV.26

Estructura de la Coordinación de Tesorería

Gráfica IV.28

Estructura de la Coordinación de Administración de Riesgos Financieros

Gráfica IV.30

Estructura de la Unidad de Administración

Gráfica IV.32

Estructura de la Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios

Gráfica IV.34

Estructura de la Coordinación de Optimización de Procesos

Gráfica IV.36

Estructura de la Unidad de Organización y Calidad

Gráfica IV.38

Estructura de la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria

IV 1.11 Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico

Gráfica IV.40

Estructura de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico

Gráfica IV.42

Estructura de la Coordinación de Sistemas de Infraestructura Tecnológica Institucional

Gráfica IV.44

Estructura de la Coordinación de Desarrollo de Soluciones para la Seguridad Social

Gráfica IV.46

Estructura de la Coordinación de Ingeniería Tecnológica

Gráfica IV.48

Estructura de la Coordinación Laboral

Gráfica IV.50

Estructura de la Coordinación de Investigación y Asuntos de Defraudación

Gráfica IV.52

Estructura de la Coordinación de Legislación y Consulta

IV 1.13 Unidad de Vinculación

Gráfica IV.54

Estructura de la Unidad de Vinculación

IV 1.14 Coordinación de Comunicación Social

Gráfica IV.55

Estructura de la Coordinación de Comunicación Social

IV 1.15 Unidad de Planeación Estratégica Institucional

Gráfica IV.56

Estructura de la Unidad de Planeación Estratégica Institucional

IV 1.16 Órgano Interno de Control

Gráfica IV.57

Estructura del Órgano Interno de Control (nivel central)

IV 2. Organogramas de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada
IV 2.1 Delegaciones
IV 2.1.1 Delegaciones Tipo "A"

Gráfica IV.59

Estructura de las Delegaciones Tipo "A"

IV 2.1.2 Delegaciones Tipo "B"

Gráfica IV.61

Estructura de las Delegaciones Tipo "B"

IV 2.1.3 Subdelegaciones

Gráfica IV.63

Estructura de las Subdelegaciones Tipo "A"

Gráfica IV.64

Estructura de las Subdelegaciones Tipo "B"

IV 2.1.4 Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE)

Gráfica IV.65

Estructura de las Unidades Médicas de Alta Especialidad

CAPÍTULO V MAGNITUD Y COSTO DEL PERSONAL JUBILADO Y PENSIONADO

En complemento al capítulo V, de los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte (IVCM)(1), de la LSS, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de enero de 1943, el IMSS y el SNTSS, pactaron el 7 de octubre de 1966 el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) para los trabajadores del IMSS; incorporado al Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) en la revisión de 1967-1969.

El RJP fue modificado por pacto contractual (1987-1989): se precisó que es un estatuto que amplía y complementa el plan de pensiones señalado en la LSS, de seguros de IVCM y de riesgos de trabajo, con vigencia a partir del 16 de marzo de 1988. Se indicó que las jubilaciones y pensiones que se otorguen conforme al Régimen vigente comprenden, respecto de sus trabajadores, el doble carácter de asegurado y trabajador. Así también, como parte de su financiamiento, se pactó que cada trabajador aportara el 3% del salario base pensionable.

El 14 de octubre de 2005 el IMSS y el SNTSS suscribieron el "Convenio Adicional para las Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores de Base de Nuevo Ingreso". En él se convino que los trabajadores en activo, incluyendo candidatos registrados en "Bolsa de Trabajo", con inicio de actividades antes de la fecha de firma de este Convenio, no sufrirán afectación alguna respecto a los beneficios establecidos en el RJP. Así también, se estableció una aportación complementaria al 3% del salario base, de un punto adicional a partir de 16 de octubre de 2005; que se incrementará un punto porcentual en cada revisión anual Salarial/Contractual del CCT, hasta alcanzar una aportación del 10%.

El 27 de junio de 2008 se firmó el Convenio para la "Nueva Generación" de trabajadores, donde se especifica que el esquema de jubilaciones y pensiones se aplicará de conformidad a lo establecido en la LSS vigente.

V 1 Jubilados y pensionados directos

Son los titulares de los beneficios otorgados por el RJP, que se adquieren al Jubilarse por años de servicios y por Pensión: edad avanzada, vejez, invalidez por enfermedad general y por incapacidad permanente por riesgos de trabajo. A diciembre de 2013 totalizaban 217,551 jubilados y pensionados directos, de los cuales el 83.49% eran jubilaciones por años de servicios, 8.43% de pensiones por invalidez por enfermedad general, 4.98% de pensiones por edad avanzada y vejez, 2.33% de pensiones por riesgos de trabajo y pensionados por incapacidad parcial permanente 0.77%.

V 2 Pensiones a beneficiarios

El RJP incluye pensiones a beneficiarios por la muerte del trabajador en activo, jubilado o pensionado: viudez, orfandad (simple o doble) y por ascendencia.

V 3 Costo de la nómina

Al cierre de 2013 los recursos requeridos fueron igual a un importe de 65,402.54 mdp, de los cuales el 94.59% (61,866.1 mdp) correspondieron a jubilados y pensionados directos, el 5.41% (3,536.4 mdp) a pensionados beneficiarios, para cubrir un total de 241,261 casos. Del monto total, se estimó una contribución del Gobierno Federal por 12,261.63 mdp (18.75%) por pensiones en curso de pago, una aportación de trabajadores y patrón de 2,452.65 mdp (3.75%) y, finalmente, una erogación por parte del IMSS por 50,688.26 mdp (77.50%).

CAPÍTULO VI PROGRAMA IMSS-OPORTUNIDADES
VI 1 Unidad del Programa IMSS-Oportunidades

En 1973 la LSS asignó al IMSS la función de proporcionar servicios médicos a núcleos de población sin capacidad contributiva, calificados por el Gobierno Federal como de extrema pobreza y profunda marginación. En consecuencia, en 1974 se crea el Programa Nacional de Solidaridad Social por Cooperación Comunitaria, antecedente inmediato del Programa IMSS-COPLAMAR, que a partir de 1979 permitió extender los servicios de solidaridad social mencionados a todo el territorio nacional.

Desaparecido COPLAMAR por Decreto Presidencial en 1983, el IMSS se hizo cargo de la administración del Programa, cuyo financiamiento siguió compartiendo con el Gobierno Federal en proporciones de 60 y 40%, respectivamente. Entre 1985 y 1987 se descentralizó parcialmente el Programa IMSS-COPLAMAR en 14 Entidades Federativas del país, entregándose a los respectivos gobiernos estatales 911 Unidades Médicas Rurales (UMR) y 23 Hospitales Rurales (HR).

En 1990 el Programa IMSS-COPLAMAR cambió su denominación a IMSS-Solidaridad, y continuó su operación hasta alcanzar en la actualidad una cobertura en 19 Entidades Federativas, con una infraestructura de 3,588 UMR y 78 HR. A partir de 1996, el financiamiento de operación de inversión proviene en un 100% del Gobierno Federal, por vía directa de la S.H.C.P., que inicialmente se asignaba al ramo XIX "Seguridad Social" para que el IMSS administrara pormenorizadamente los recursos del Programa.

Mediante el Acuerdo 365/2002 de fecha 10 de julio de 2002, emitido por el Consejo Técnico del IMSS, se aprobó el cambio de denominación a Programa IMSS-Oportunidades.

El 15 de mayo de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud, que establece en el artículo transitorio Décimo Sexto: "El Programa IMSS-Oportunidades continuará proporcionando servicios de salud a la población no asegurada, con el mismo modelo de atención con el que opera en la actualidad, para lo cual deberá contar con los recursos presupuestales suficientes, provenientes del Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se canalizarán directamente a través del IMSS. Las familias actualmente atendidas por el Programa IMSS-Oportunidades podrán incorporarse al Sistema de...

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