Aclaración a las Tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gasolinas y diesel en el mes de septiembre de 2006, publicadas el 26 de septiembre de 2006

EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fecha de disposición26 Septiembre 2006
Fecha de publicación28 Noviembre 2006
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Aclaración a las Tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gasolinas y diesel en el mes de septiembre de 2006, publicadas el 26 de septiembre de 2006.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

ACLARACION A LAS TASAS PARA EL CALCULO DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS APLICABLES A LA ENAJENACION DE GASOLINAS Y DIESEL EN EL MES DE SEPTIEMBRE DE 2006, PUBLICADAS EL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2006.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se realiza la siguiente aclaración a las tasas (%) para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios por la enajenación de gasolinas y diesel correspondientes al mes de septiembre de 2006, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de septiembre de 2006.

DICE:

(%)
AGENCIA DE VENTAS GASOLINA PEMEX MAGNA GASOLINA PREMIUM PEMEX DIESEL DIESEL INDUSTRIAL BAJO AZUFRE DIESEL MARINO ESPECIAL
.................... .................... .................... .................... .................... ....................
CADEREYTA */ -33.44 -33.98 .................... .................... ....................
.................... .................... .................... .................... .................... ....................
PROGRESO */ -21.31 -10.53 .................... .................... ....................
.................... .................... .................... .................... .................... ....................
*/ Causa el Impuesto al Valor Agregado de 10.0 %.
DEBE DECIR
(%)
AGENCIA DE VENTAS GASOLINA PEMEX MAGNA GASOLINA PREMIUM PEMEX DIESEL DIESEL INDUSTRIAL BAJO AZUFRE DIESEL MARINO ESPECIAL
.................... .................... .................... .................... .................... ....................
CADEREYTA */ -33.44 .................... -33.98 .................... ....................
.................... .................... .................... .................... .................... ....................
PROGRESO */ -21.31 -10.53 -29.38 ................
...

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