Acuerdo por el cual se aprueba la modificación del plazo para que los sujetos obligados de los ámbitos Federal, Estatal y Municipal incorporen a sus portales de Internet y a la Plataforma Nacional de Transparencia, la información a la que se refieren el Titulo Quinto y la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la aprobación de la definición de la fecha a partir de la cual podrá presentarse la denuncia por la falta de publicación de las obligaciones de transparencia, a la que se refiere el Capítulo VII y el Título Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

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EmisorInstituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Al margen un logotipo, que dice: Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.- Consejo Nacional.

ACUERDO POR EL CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLAZO PARA QUE LOS SUJETOS OBLIGADOS DE LOS ÁMBITOS FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL INCORPOREN A SUS PORTALES DE INTERNET Y A LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, LA INFORMACIÓN A LA QUE SE REFIEREN EL TITULO QUINTO Y LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO LA APROBACIÓN DE LA DEFINICIÓN DE LA FECHA A PARTIR DE LA CUAL PODRÁ PRESENTARSE LA DENUNCIA POR LA FALTA DE PUBLICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA, A LA QUE SE REFIERE EL CAPÍTULO VII Y EL TÍTULO QUINTO DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

Que en el punto cinco del orden del día, de la segunda sesión Ordinaria del año 2016, celebrada el veintiséis de octubre de dos mil dieciséis, del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, fue sometido a discusión y aprobado por unanimidad la modificación los artículos Segundo y Cuarto transitorios de los Lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, por lo que con fundamento en lo establecido por los artículos 31 fracción XI y 35 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en los artículos 10 fracciones I y VII y 12, fracción XVII del Reglamento del Consejo Nacional del Sistema Nacional, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, se emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Se aprueba la modificación a los artículos Segundo y Cuarto Transitorios, de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, para que conforme a lo señalado en la...

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