Acuerdo por el que se da a conocer el Resumen del Programa de Manejo del Parque Nacional Pico de Orizaba

Fecha de disposición09 Julio 2015
Fecha de publicación09 Julio 2015
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 32 Bis, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 66, último párrafo, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 76 de su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en términos de lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ha concluido la elaboración del Programa de Manejo del Área Natural Protegida con la categoría de Parque Nacional Pico de Orizaba ubicado en los estados de Puebla y Veracruz, establecida mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de enero de 1937, y

Que el artículo 66, último párrafo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ordena que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publique en el Diario Oficial de la Federación un resumen del programa de manejo respectivo y el plano de localización del Área Natural Protegida correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL PARQUE NACIONAL PICO DE ORIZABA

ARTÍCULO ÚNICO

Se da a conocer el Programa de Manejo del Parque Nacional Pico de Orizaba, ubicado en los estados de Puebla y Veracruz, cuyo Resumen, que incluye el plano de localización de dicha Área Natural Protegida, se anexa al presente para que surta los efectos legales a que haya lugar.

Dicho Programa de Manejo se encuentra a disposición para su consulta en las oficinas de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, ubicadas en Camino al Ajusco número 200, 3er. piso, colonia Jardines en la Montaña, delegación Tlalpan, código postal 14210, en la Ciudad de México, Distrito Federal; en las oficinas de la Dirección Regional Planicie Costera y Golfo de México, ubicadas en calle Ciprés número 21, colonia Venustiano Carranza, entre Magnolia y Miguel Palacios, código postal 91070, Xalapa, Veracruz, y en las oficinas de las Delegaciones Federales de la propia Secretaría en los estados de Puebla y Veracruz, ubicadas en Calle 3 Poniente número 2926, colonia La Paz, Código Postal 72610, Puebla, Puebla y en avenida Lázaro Cárdenas número 1500, esquina Avenida Central, colonia Ferrocarrilera, Código Postal 91118, Xalapa de Enríquez, Veracruz, respectivamente.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo y su anexo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los once días del mes de junio de dos mil quince.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra Abud.- Rúbrica.

ANEXO

RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL PARQUE NACIONAL

PICO DE ORIZABA

INTRODUCCIÓN

El Parque Nacional Pico de Orizaba se estableció mediante Decreto del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de enero de 1937, porque entre las montañas majestuosas que forman el relieve del Territorio Nacional, el Pico de Orizaba que es Volcán y Nevado, es a la vez uno de los más portentosos y elevados del sistema volcánico del Territorio Nacional.

La estructura de relieve, topográfica, hidrográfica, climática y biológica de la región alrededor del Pico de Orizaba ha conformado dos espacios microrregionales diferenciados: ecosistemas dominados por bosques templados de climas secos en la ladera occidental del volcán Pico de Orizaba, que corresponde al Estado de Puebla, y de ecosistemas más húmedos dominados por bosques templados que colindan en su parte baja con remanentes de bosque mesófilo de montaña, que se localiza en la ladera Este del volcán Citlaltépetl y que corresponde al Estado de Veracruz, hacia la Planicie Costera y Golfo de México.

La vegetación presente en este Parque corresponde básicamente a bosque de pino, bosque de oyamel y páramo de altura, los cuales se caracterizan fisonómicamente por un estrato arbóreo dominado por pocas especies. Los estratos arbustivos y herbáceos están representados por especies variantes de acuerdo al tipo de asociación boscosa, existiendo poca actividad de plantas epifitas y lianas; la vegetación de páramo de altura se presenta a partir de los 4,200 metros sobre el nivel del mar (msnm), haciendo mención que, según el Instituto Smithsoniano, este macizo mantiene el nivel de vegetación más alto del mundo (timber lane), al encontrarse bosque de pino a una altura de 4,200 msnm.

Este Parque por su valor paisajístico, constituye otra de las riquezas naturales y a su vez uno de sus recursos más aprovechados, ya que contiene sitios o áreas con potencial en la que se desarrollan actividades de turismo alternativo o turismo de bajo impacto ambiental.

El Parque Nacional Pico de Orizaba se encuentra ubicado en territorio de los estados de Puebla y Veracruz, en el límite Este del Eje Neovolcánico Transversal, considerado como una importante área de captación para la recarga de acuíferos y el mantenimiento de la red hidrológica superficial de una de las Cuencas más importantes en el país, la del Papaloapan. Específicamente se ubica en las Regiones Hidrológicas 28 y 18, la primera corresponde a la Cuenca Hidrológica del Río Papaloapan; la segunda corresponde a la Cuenca Hidrológica del Río Balsas, que drena a Tehuacán-Puebla.

Las cotas altitudinales en las cuales se encuentra en Parque Nacional van de los 3,038 a los 5,636 msnm. Se encuentra dentro del territorio de cinco municipios, al suroeste, Chalchicomula de Sesma y Atzizintla; al noroeste, Tlachichuca en el estado de Puebla; al noreste, Calcahualco y al sureste, La Perla en el estado de Veracruz; aproximadamente a 210 kilómetros al Este de la Ciudad de México, en el borde de la Meseta Central.

Es importante señalar que el Decreto por el que se declara Parque Nacional El Pico de Orizaba es de tipo toponímico, es decir, su polígono no presenta coordenadas sino referencias de los lugares que fijan sus límites, en tal virtud y con la finalidad de dar certeza jurídica sobre la ubicación del polígono del área natural protegida, se hizo necesaria la determinación de los límites del Parque Nacional, trabajo que se realizó en estricto apego a la descripción limítrofe contenida en el Artículo Primero del Decreto que declara Parque Nacional El Pico de Orizaba, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1937, en el que a la letra estipula:

"Del Norte, partiendo de las cumbres del cerro del Río Valiente, el lindero sigue hacia el Sureste en línea recta hasta llegar al punto conocido con el nombre de Potrero Nuevo; de este lugar, el lindero sigue al Suroeste pasando por las cumbres del cerro de Palo Gacho y de Tepala o Piedras Blancas, hasta llegar al Pueblo de Texmalaquilla; de este punto, el lindero voltea hacia el Noroeste hasta llegar a las inmediaciones del pueblo de Xepestepec, de donde, con dirección hacia el Noreste el lindero termina en las cumbres del cerro del Río Valiente que se tomó como punto de partida".

Para determinar los límites de la poligonal del Parque Nacional Pico de Orizaba, la CONANP realizó el análisis documental y cartográfico con soporte de verificaciones en campo, considerando como base los siguientes insumos:

· Decreto que declara PNPO publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de enero de 1937 (DOF, 1937).

· Mapa del PNPO escala 1:50,000 del Departamento Forestal y de Caza y Pesca del año 1936 (Plano 1936).

· Mapa del PNPO escala 1:50,000 elaborado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE) a través de la Dirección General de Conservación Ecológica de los Recursos Naturales en febrero de 1991 (Plano 1991).

· Cartas topográficas escala 1:50,000 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI): clave E14-B45 San Salvador el Seco, E14-B46 Coscomatepec, E14-B55 Ciudad Serdán y E14-B56 Orizaba.

· Datos espaciales del INEGI escala 1:50,000 (curvas de nivel, límites estatales y municipales, localidades, toponimias, etc.).

Para el análisis de la información documental y cartográfica en gabinete y en los trabajos de campo, se utilizaron métodos y técnicas de los sistemas de información geográfica y percepción remota. Los parámetros cartográficos asignados a los datos espaciales, fueron establecidos en el sistema de coordenadas proyectadas Universal Transversal de Mercator (UTM) en la zona 14, en apego a lo establecido en la Norma Técnica para Levantamientos Geodésicos (determinada por el INEGI y publicada en el Diario Oficial de la Federación en el año 1998), y a las herramientas disponibles para procesar datos en el sistema de referencia geodésico Datum ITRF92 bajo el Sistema Geodésico de Referencia de 1980 (GRS80). Asimismo, personal de la CONANP realizó recorridos para el reconocimiento de puntos en campo, apoyándose en equipos del Sistema de Posicionamiento Global (GPS) marca TRIMBLE de 12 canales PRO XRS TSC1...

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