Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores

Fecha de disposición20 Marzo 2015
Fecha de publicación20 Marzo 2015
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 14, 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 4, 5, 6 fracción IX, 11, 14, 31, 32 y 33 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2014, y

CONSIDERANDO

Que con motivo de las reformas a la Ley Federal del Trabajo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012, se incorporaron nuevas disposiciones para fortalecer la regulación de la prestación del servicio de colocación de trabajadores;

Que el 21 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, el cual tiene como propósito armonizar las disposiciones del Reglamento con las de la Ley Federal del Trabajo;

Que en el artículo Segundo Transitorio del Decreto citado, se prevé que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá realizar las modificaciones pertinentes al Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos, a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2006, y expedir los Lineamientos a que se refiere la fracción VII del artículo 23 del Reglamento;

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los actos administrativos de carácter general, tales como acuerdos, circulares y formatos, así como los lineamientos, criterios, metodologías, instructivos, directivas, reglas y manuales, que expidan las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos, y

Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en dichos ordenamientos, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN Y LOS FORMATOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS, A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DE AGENCIAS DE COLOCACIÓN DE TRABAJADORES

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos PRIMERO a VIGÉSIMO SEGUNDO
ARTÍCULO PRIMERO El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos, a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores.
ARTÍCULO SEGUNDO La interpretación administrativa del presente Acuerdo corresponderá a las unidades administrativas de la Secretaría, en el ámbito de sus respectivas competencias.
ARTÍCULO TERCERO

Para los efectos de este Acuerdo, además de lo dispuesto por el artículo 2 del Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, se entenderá por:

  1. CGSNE: Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo;

  2. Delegación: Delegación Federal del Trabajo de la entidad federativa correspondiente;

  3. Oficina: Oficina Federal del Trabajo de la entidad federativa correspondiente;

  4. Reglamento: Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores;

  5. Subdelegación: Subdelegación Federal del Trabajo de la entidad federativa correspondiente, y

  6. SNE: Servicio Nacional de Empleo de la entidad federativa correspondiente.

ARTÍCULO CUARTO La información de los trámites y los formatos a que se refiere el presente Acuerdo, podrán obtenerse a través de las páginas de Internet www.stps.gob.mx de la Secretaría, y www.cofemer.gob.mx de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Los formatos podrán reproducirse libremente, siempre y cuando no se altere su contenido y la impresión de los mismos se haga en hojas blancas tamaño carta.

La CGSNE y las Delegaciones, Subdelegaciones y Oficinas de la Secretaría, deberán tener a disposición de quienes lo soliciten, los formatos a que se refiere el presente Acuerdo, en forma impresa.

La información derivada de los trámites y formatos será objeto de análisis y seguimiento por parte de las unidades administrativas de la Secretaría, a fin de que, en el ámbito de su competencia, ejerzan las facultades que correspondan.

CAPÍTULO II Artículos QUINTO a DÉCIMO TERCERO

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN

De la autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro

ARTÍCULO QUINTO

La autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro, para efectos de lo dispuesto por el artículo 23 del Reglamento, se realizará conforme al siguiente procedimiento:

De los requisitos

  1. Las personas interesadas en constituirse como agencia de colocación de trabajadores con fines de lucro deberán presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficina, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-1 "Solicitud de autorización y registro de funcionamiento de las Agencias de Colocación de trabajadores con fines de lucro".

    Dicho formato debe ser llenado con la siguiente información:

    1. Datos generales:

      1. Nombre, denominación o razón social, en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;

      2. Entidad federativa (donde se encuentra la casa matriz);

      3. Registro Federal de Contribuyentes;

      4. Domicilio (calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad, y municipio o delegación política);

      5. Teléfono(s) y correo(s) electrónico(s);

        Si se trata de persona moral, adicionalmente deberá anotar:

      6. Número del Acta Constitutiva de la empresa, así como la fecha de su protocolización, y

      7. Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

    2. Fecha de inicio de operaciones: Fecha en la que la agencia de colocación con fines de lucro comienza a prestar sus servicios;

    3. Tarifa: Monto que pretende cobrar a los empleadores que contraten sus servicios, o los rangos en que ésta fluctuará;

    4. Sucursales: En caso de que la agencia de colocación con fines de lucro tenga sucursales al momento de registrarse en la Secretaría, deberá anotar la cantidad de sucursales y presentar también el Formato AC-3 "Inscripción de sucursales de las agencias de colocación de trabajadores" al que hace referencia el artículo Octavo del presente Acuerdo, junto con la documentación referida, y

    5. Nombre y firma de quien fungirá como el representante de la agencia de colocación.

      De la documentación

  2. La agencia de colocación deberá presentar los siguientes documentos, en original y copia:

    1. Identificación oficial de quien fungirá como titular de la agencia;

    2. Identificación de la persona que realiza el trámite y documento que lo acredite como representante de la agencia de colocación;

    3. Constancia de domicilio de la agencia (casa matriz);

    4. Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes;

      Si se trata de persona moral, adicionalmente deberá presentar:

    5. Original o copia certificada de la escritura pública en la que se protocolizó el acta constitutiva y sus reformas, si es el caso, y

    6. Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

      De la autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro, que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada

ARTÍCULO SEXTO

La autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro que recluten y seleccionen trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior, de duración determinada, conforme el artículo 28-B de la Ley, para efectos de lo dispuesto por los artículos 9 Bis y 23 del Reglamento, se realizará conforme al siguiente procedimiento:

De los requisitos

  1. Las personas interesadas en constituirse como agencia de colocación deberán presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficina, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-1 "Solicitud de autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro", con la información detallada en el artículo Quinto, fracción I, y anotar adicionalmente los siguientes datos:

    1. Especificar si la agencia va a reclutar y seleccionar trabajadores mexicanos para colocarlos en un empleo concreto fuera del país, y

    2. Especificar el o los lugares y el o los países a los cuales se tiene planeado enviar a los trabajadores mexicanos; la actividad para la que serían contratados, la duración promedio de los contratos de trabajo y el número estimado de trabajadores que se pretende colocar en el exterior.

    De la documentación

  2. La agencia de colocación deberá presentar, adicionalmente a los detallados en el artículo Quinto, fracción II, los siguientes documentos:

    1. Contrato modelo, en original y copia, que utilizará la agencia con los empleadores a los que prestará el servicio de reclutamiento, selección y envío de trabajadores mexicanos fuera del país, en el cual se describa la naturaleza del trabajo y servicios que desarrollaran dichos trabajadores. En este contrato modelo debe estar...

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