Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2015. (Continúa en la Cuarta Sección)

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2015. (Continúa en la Cuarta Sección) (Viene de la Segunda Sección)

Sección XI Artículos 187 a 194

Del Componente de Vinculación con Organismos de la Sociedad Civil (OSC)

Artículo 187 La Población Objetivo del Componente son personas físicas, grupos de personas para un propósito común y personas morales, a través de OSC que hagan sinergia y sumen recursos con otras dependencias del Gobierno Federal, de los Gobiernos Estatales o Municipales
Artículo 188

Los conceptos de apoyo y montos máximos son los que se indican en el cuadro siguiente:

  1. Activos productivos.

    Concepto
    Personas físicas y Personas Morales (Grupos de Trabajo)
    a) Infraestructura, maquinaria y equipo para mejorar la disponibilidad de agua, la conservación y preparación de los alimentos; incrementar la producción, la productividad, la disponibilidad y el acceso a los alimentos en las unidades de producción familiar y las comunidades rurales.
    Hasta el 50% del costo total de proyecto, sin rebasar $5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100)
    b) Material Vegetativo. En todos los casos deberá cumplir con las disposiciones fitosanitarias emitidas por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA).
    Hasta el 50% del costo total de proyecto, sin rebasar $5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100)
    c) Especies Zootécnicas y Acuícolas que reúnan las características técnicas y los valores de referencia que se precisan en los Elementos Técnicos de Ganadería del Componente Ganadero del Programa de Fomento Ganadero de la Secretaría.
  2. Asistencia técnica y capacitación.

    Concepto
    Servicios proporcionados por Agencias de Desarrollo o Equipos Técnicos para mejorar la disponibilidad, el acceso y la utilización de los alimentos, mediante procesos de organización, financiamiento, seguro, desarrollo empresarial y comercialización.

    Concepto
    a) Obras de captación y almacenamiento de agua, así como obras complementarias: Construcción de obras como bordos de tierra compactada, pequeñas presas de mampostería o concreto, ollas de agua, aljibes, tanques de almacenamiento; estas tres últimas preferentemente para consumo humano.
    b) Obras y prácticas de conservación de suelo y agua: Terrazas, presas filtrantes, construcción de zanjas de infiltración, cabeceo de cárcavas, muros de contención, barreras vivas, cortinas rompe viento, surcado "lister", paso de rodillo aereador, cercado vivo y convencional para división de potreros, cercado para establecimiento de áreas de exclusión, reforestación con especies nativas, repastización en agostaderos, abonos verdes, guardaganados, y acciones de drenaje.

    Se podrán destinar apoyos a proyectos de inversión en localidades de media y baja marginación, sin rebasar el 25 por ciento del total del presupuesto asignado al componente.

Artículo 189 Criterios técnicos y requisitos específicos del Componente
  1. Criterios de elegibilidad que deben reunir las OSC y personas morales.

    a) Los beneficiarios de los proyectos deben ser pobladores de las localidades rurales de alta y muy alta marginación, en términos de la clasificación del CONAPO.

    b) Los proyectos deberán reunir las características siguientes:

    i. Proyectos productivos orientados a incrementar la producción de alimentos y promover su utilización en las unidades de producción familiar, y/o

    ii. Proyectos para fomentar el desarrollo de capacidades, habilidades y prácticas técnicas, organizacionales y gerenciales de la población rural; así como de acceso al conocimiento, la información y el uso de tecnologías modernas para mejorar la disponibilidad, el acceso y la utilización de los alimentos, y/o

    iii. Proyectos de conservación, uso y manejo sustentable de los recursos naturales utilizados en la producción primaria; que generen las condiciones para proveer alimentos a generaciones presentes y futuras.

    iv. El monto de los proyectos deberá tener una correspondencia con el beneficio social.

    v. Los proyectos a través de los indicadores, deberán evidenciar la disponibilidad, el acceso, la utilización y/o la estabilidad de los alimentos.

    vi. Los proyectos deberán contener de manera clara las acciones y montos de inversión, definiendo metas e indicadores específicos para su medición.

  2. Requisitos de elegibilidad que deben reunir las OSC y personas morales.

    Adicionalmente a los requisitos señalados en el Artículo 5, del Título 1, que les correspondan, deberán:

    a) Estar orientada al trabajo con comunidades rurales de marginación alta y muy alta, en materia de desarrollo rural, desarrollo económico y regional, desarrollo sustentable, agricultura sustentable, desarrollo de capacidades, organización comunitaria, planeación participativa, combate a la pobreza y/o enfoque de género.

    b) Gestionar y/o aportar, al menos, el 50% del costo total del(os) proyecto(s) que será(n) apoyado(s). Los recursos que gestione o aporte la OSC podrán ser de origen municipal, estatal, federal, del sector privado, del sector social o de aportación de los beneficiarios.

    c) Demostrar su experiencia instrumentando proyectos productivos, de desarrollo de capacidades y/o conservación y uso sustentable de suelo y agua, con objeto de contribuir a mejorar la disponibilidad y el acceso de los alimentos; con base en la participación de los miembros y las familias de las localidades rurales de marginación alta y muy alta.

    d) Reunir los requisitos jurídicos que se indican para personas físicas, grupos de trabajo(1), personas morales y OSC.

    e) Presentar planos, levantamientos topográficos, estudio de impacto ambiental, permisos (cuando se requiera).

    f) Presentar CD (archivo electrónico conteniendo la información de la Solicitud Única).

    g) Comprobante con requisitos fiscales vigente.

    Documentos
    Personas Físicas
    Grupos de Trabajo
    Personas Morales
    OSC
    Rep. Legal
    Solicitud de Apoyo del Componente Vinculación con Organismos de la Sociedad Civil (2) firmada en original.
    P
    P
    Base de datos de solicitantes, integrantes de organizaciones, aspirante a apoyos del componente de Vinculación con Organismos de la Sociedad Civil
    P
    P
    Proyecto que incida en la disponibilidad y el acceso de los alimentos en localidades rurales de marginación alta y muy alta; en términos de la clasificación del "CONAPO
    P
    P
    Documento comprobatorio del número de cuenta bancaria productiva y la CLABE.
    P
    P

    Clave Única del Registro Nacional de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI)
    En su
    caso
    P
    Acuse del Informe Anual del Registro Nacional de las Organizaciones de
    La Sociedad Civil.
    En su
    caso
    P
    Opinión positiva de Obligaciones Fiscales (D32).
    P
    P
Artículo 190 Los criterios de dictaminación están determinados por las siguientes características de los proyectos que postulen las OSC o las personas morales.
  1. Proyectos productivos orientados a incrementar la producción y productividad de los alimentos y promover su utilización en las unidades de producción familiar, y/o

  2. Proyectos para fomentar el desarrollo de capacidades, habilidades y prácticas técnicas, organizacionales y gerenciales de la población rural; así como de acceso al conocimiento, la información y el uso de tecnologías modernas para mejorar la disponibilidad, el acceso y la utilización de los alimentos, y/o

  3. Proyectos de conservación, uso y manejo sustentable de los recursos naturales utilizados en la producción primaria; que generen las condiciones para proveer alimentos a generaciones presentes y futuras.

  4. El monto de los proyectos deberá tener una correspondencia con el beneficio social.

  5. Los proyectos a través de los indicadores, deberán evidenciar la disponibilidad, el acceso, la utilización y/o la estabilidad de los alimentos.

  6. Los proyectos deberán contener de manera clara las acciones y montos de inversión, definiendo metas e indicadores específicos.

  7. El Desarrollo de Capacidades y Habilidades deberá estar presente en los proyectos que lo requieran, con la finalidad de ampliar la vida en la actividad empresarial.

Artículo 191

Las instancias que participan en el Componente son:

  1. Unidad Responsable: Dirección General de Desarrollo Territorial y Organización Rural.

  2. Instancia Ejecutora: El INCA Rural

Artículo 192

Los anexos que aplican al Componente, son:

ANEXO I. Solicitud Única de Apoyo

ANEXO II. Guión Único para la Elaboración de Proyectos de Inversión

ANEXO XVI. Base de Datos Única de Solicitantes a Incentivos de los Componentes que apliquen al Programa Integral de Desarrollo Rural

Artículo 193 Fechas de apertura y cierre de ventanillas.- La apertura de ventanillas de recepción de solicitudes será a partir del día 16 al 30 de marzo de 2015, con horario de 9:00 a.m. a 15:00 p.m., de acuerdo a lo establecido en la convocatoria, que para tal efecto se publique.
Artículo 194 La Mecánica Operativa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR