Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2016. (Continúa en la Cuarta Sección)

Fecha de disposición30 Diciembre 2015
Fecha de publicación30 Diciembre 2015
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

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ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2016. (Continúa en la Cuarta Sección) (Viene de la Segunda Sección-Vespertina)

  1. La formulación y firma por parte de la Instancia Ejecutora de un acta de verificación donde se haga constar que el concepto de apoyo solicitado para pago cuenta con un avance físico del 100%.

  2. En los casos en que el beneficiario haya concluido los trabajos y compruebe el monto de los recursos utilizados, resultando un saldo a su favor por ahorros en la adquisición de alguno de los bienes establecidos en el convenio, el Beneficiario, previo informe a la Instancia Ejecutora, podrá destinar durante la vigencia del convenio, dicho saldo para la adquisición de algún otro bien que genere un mayor impacto del Proyecto realizando también su aportación correspondiente, con excepción del concepto de sustitución total del casco.

  3. Para el caso del concepto de "sustitución total del casco, incluye obra viva, obra muerta y caseta", se otorgara el apoyo en dos ministraciones.

    La primera ministración por el 50% del monto del apoyo se otorgara una vez que se cumpla con las siguientes acciones: la firma de convenio de concertación, la entrega por parte del beneficiario del contrato celebrado con el astillero para la realización de los trabajos establecidos en el convenio de concertación, así como la factura expedida por el astillero y la factura del beneficiario a la CONAPESCA y la formulación y firma por parte de la Instancia Ejecutora de un acta de verificación donde se haga constar el inicio de los trabajos.

    La segunda ministración por el 50% del monto del apoyo se otorgara una vez que se cumpla con las siguientes acciones: que el Beneficiario informe y compruebe a la Instancia Ejecutora que el avance físico y financiero de la inversión aplicada es del 100%, incluyendo los recursos aportados por él, y la formulación y firma por parte de la Instancia Ejecutora de un acta de verificación donde se haga constar que el casco está integrado a la embarcación apoyada.

    1. Mecánica Operativa para embarcaciones menores:

      Para el caso de los conceptos para embarcaciones menores las Instancia Ejecutora deberá asegurarse de que la embarcación haya estado activa previa verificación del aviso de arribo de la temporada de pesca inmediata anterior;

      Asesoría Técnica:

      Para solicitar los conceptos de apoyo del incentivo los interesados podrán registrar su solicitud en la página de internet del sistema informático provisto por la CONAPESCA o auxiliarse con las ventanillas, para obtener su formato con el número de Asesoría y presentarlo durante el periodo de ventanilla, adjuntando copia de su identificación oficial vigente y cotización del equipo nuevo para recibir su Folio oficial.

      En primera instancia, el sistema informático realizará un filtro de las solicitudes con folio presentadas para acceder a los conceptos de apoyo, con base en la información registrada por cada solicitante en el ANEXO I. Solicitud Única de Apoyo.

      El Sistema Informático para el concepto de apoyo generara una lista de Solicitudes Pre seleccionadas misma que se publicará de manera impresa en las ventanillas y en la página de internet de la CONAPESCA; el solicitante incluido en esa Lista contará con 10 días hábiles a partir de la publicación de la lista, para la presentación del resto de los requisitos de elegibilidad en la ventanilla.

      Los solicitantes podrán entregarlos en las ventanillas de manera impresa y de ser posible en formato digital, así como aquellos requisitos generales los cuales podrán entregarse en un solo ejemplar por organización. En caso de presentarla digital, deberá ser en archivo pdf tamaño 2MB

    2. Mecánica Operativa para Obras y Estudios:

      Para el caso de Obras y Estudios, la entrega del incentivo al beneficiario será en 2 ministraciones, la primera como pago de anticipo y la segunda conforme a la entrega de los avances físicos de los trabajos. El beneficiario será el responsable de la aplicación del recurso para los fines autorizados y la conclusión de los proyectos.

      La descripción de los conceptos a apoyar es la siguiente:

  4. Desazolves. Consiste en la extracción de material en presencia de agua, cuyo objetivo es profundizar los niveles de agua de las lagunas costeras mediante canales de intercomunicación y dársenas de maniobras. Asimismo, obras auxiliares al interior de los sistemas lagunares para regular su hidrodinámica.

  5. Unidad Básica de Infraestructura para acopio, proceso y conservación: Inmueble para brindar el tratamiento primario y la conservación de los productos pesqueros en escenarios de sanidad e inocuidad.

  6. Muelle o atracadero: Estructuras de concreto, madera, acero y/o poliestireno, que son construidas en los márgenes de los cuerpos de agua, con objeto de permitir las maniobras de arribo y atraque de las embarcaciones menores, y dependiendo de las características del sitio podrán estar constituidas por pilotes, pilas, muros de gravedad o flotantes.

  7. Rampas de botado: Estructuras que sirven para ligar de tierra firme a zonas de flote a las embarcaciones. Se componen principalmente de una plataforma antiderrapante inclinada de concreto armado

    la cual toma como elemento de diseño las embarcaciones que operan en la zona, así mismo, su longitud y sus niveles están en función de la topografía y la variación de mareas o tirantes de agua del sitio.

  8. Obras de protección marginal. Son estructuras que se construyen en la margen de un cuerpo de agua, cuya función es confinar o contener el terreno natural, así como proteger dichas márgenes de la erosión producida por las corrientes, a fin de salvaguardar instalaciones en tierra o retardar el azolve y sedimentación en las áreas de navegación y atraque de las embarcaciones.

  9. Estudios para obras de desazolve en sistemas lagunares costeros e infraestructura portuaria pesquera: Estudio de Factibilidad técnica-económica, Proyecto Ejecutivo, Manifestación de Impacto Ambiental y Formato de Vertimiento en Zonas Marinas orientados al desarrollo de infraestructura para el mejoramiento hidrodinámico de los sistemas lagunares costeros así como para la creación de puertos de abrigo de embarcaciones.

    1. Mecánica Operativa para Diésel Marino y Gasolina Ribereña:

    Para la instrumentación y operación de los componentes de diésel marino y gasolina ribereña, se procederá conforme a lo siguiente:

  10. Las Subdelegaciones de pesca en las entidades del país, serán las responsables de dictaminar las solicitudes, de integrar debidamente y resguardar los expedientes que ingresen por sus ventanillas.

  11. La CONAPESCA calculará el incentivo para adquisición del energético de las solicitudes dictaminadas como positivas por la Instancia Ejecutora.

  12. Una vez que la solicitud del sujeto productivo, haya sido dictaminada como positiva se le tramitará gratuitamente por única vez su tarjeta para que adquiera el incentivo.

  13. Al concluir la vigencia del Incentivo, la CONAPESCA aplicará la baja automática o cancelación del saldo.

    Con el objeto de fomentar la transparencia y atendiendo las características específicas de cada actividad, el incentivo para Adquisición de Diésel Marino será suministrado en parcialidades cada 10 días, a excepción de embarcaciones que realicen sus jornadas al amparo de permiso o concesión para la captura de sardina, que será como minino 5 días, hasta por el equivalente de su capacidad de tanque de almacenamiento del activo productivo, para cuya procedencia el sujeto beneficiario deberá presentar ante la ventanilla de atención lo siguiente:

  14. Para el caso de embarcaciones, el despacho vía la pesca vigente y el aviso de arribo del último viaje de pesca.

  15. Para el caso de instalaciones acuícolas y de maricultivo, el aviso de cosecha del último periodo de actividad.

  16. Para el caso de laboratorios el aviso de producción del último periodo de actividad.

  17. En casos extraordinarios y cuando la faena o cosecha no se hubiese concluido, podrán presentar manifiesto con la justificación correspondiente.

  18. Para el caso de embarcaciones, el manifiesto deberá de ir acompañado con copia del despacho vía la pesca.

    El apoyo podrá ser suspendido cuando se presenten las siguientes causas:

  19. Cuando la Dirección General de Inspección y Vigilancia de la CONAPESCA reporte que el permisionario ha desactivado el equipo transreceptor de localización y monitoreo satelital de sus embarcaciones en el transcurso del ciclo productivo vigente, y no justificó técnicamente la razón de la desconexión en un plazo no mayor de 4 días naturales a partir de su arribo a puerto, le será suspendido el apoyo por el doble del tiempo que estuvo desconectado en la primera ocasión, estando obligado a dar aviso a la CONAPESCA de su reconexión. En caso de reincidir en el mismo ciclo productivo, será dado de baja del Padrón de Beneficiarios.

  20. En caso de vencer la vigencia del permiso o título de concesión correspondiente, y hasta que sea presentada en ventanilla copia de la renovación del mismo y original para su cotejo;

  21. Cuando la unidad de producción objeto del apoyo esté reportada como hundida, desaparecida, en litigio...

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