Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2015
EmisorSecretaría de Salud

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Secretaria de Salud, con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29 y 30, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, y 5, apartado D, fracción IV y 7, fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, el Presupuesto de Egresos de la Federación, señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a reglas de operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que asimismo el artículo referido en el párrafo anterior, establece que las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación, respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes;

Que el Organismo Descentralizado denominado Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es una entidad de la Administración Pública Federal, agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de Salud, como se desprende del artículo 5, apartado D, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal sujetas a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2014;

Que en términos del artículo 29, párrafo primero, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, así como su anexo 25, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2014, el Programa de Atención a Personas con Discapacidad, estará sujeto a las reglas de operación que para tal efecto se emitan;

Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es responsable del desarrollo y la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, así como de dar seguimiento al cumplimiento de sus objetivos y evaluar sus resultados;

Que el Programa de Atención a Personas con Discapacidad no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo;

Que los recursos y las acciones destinadas a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales, deberán apegarse a los lineamientos y mecanismos que determinen la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en sus respectivos ámbitos de competencia y demás disposiciones aplicables, y

Que los gastos indirectos del Programa de Atención a Personas con Discapacidad para el Ejercicio Fiscal 2015, se ajustarán a lo establecido en el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado el 10 de

diciembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación y a los numerales 11 y 29, de los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2013, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO ÚNICO

Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el Ejercicio Fiscal 2015, formuladas por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil quince.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 18 días del mes de diciembre de 2014.- La Secretaria de Salud, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.

PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015

CONTENIDO

  1. Presentación

  2. Acrónimos y Glosario de términos

  3. Objetivos

    3.1. General

    3.2. Específico

  4. Lineamientos

    4.1. Cobertura

    4.2. Población Objetivo

    4.3. Beneficiarios del Programa

    4.4. Requisitos para las Instancias Ejecutoras del Programa

    4.5. Participantes

    4.5.1. Instancia Normativa

    4.5.2. Otras Instancias Participantes

    4.5.3. Instancias Ejecutoras del Programa

    4.6. Derechos, Obligaciones y Sanciones

    4.6.1. Derechos de las Personas con Discapacidad beneficiadas a través de la ejecución de proyectos.

    4.6.2. Obligaciones

    4.6.2.1 Obligaciones de las Personas con Discapacidad (Población objetivo beneficiada a través de la ejecución de proyectos).

    4.6.2.2. Obligaciones de las Instancias Ejecutoras del Programa

    4.6.2.3. Obligaciones específicas de la Instancia Normativa

    4.6.2.4. Obligaciones específicas de la Instancia Coordinadora Nacional del Programa

    4.6.3. Sanciones por incumplimiento

  5. Operación

    5.1. Procedimiento para la Selección y Ejecución de Proyectos

    5.1.1. Diagrama de Flujo del Procedimiento para la Selección y Ejecución de Proyectos

    5.2. Características de los Apoyos y Vertientes

    5.2.1. Criterios para el Apoyo a Personas con Discapacidad en Caso de Situación de Desastre Ocasionada por Fenómenos Naturales

    5.3. Gastos para la Operación de Contraloría Social

    5.4. Criterios para el Esquema de Complementariedad

    5.5. Coordinación Institucional

  6. De los Proyectos del Programa

    6.1. De los Proyectos

    6.1.1. Del Padrón de la Población Objetivo Beneficiada

    6.1.2. Indicadores de los Proyectos

    6.2. Modificaciones de Proyectos

  7. Criterios Metodológicos para Asignación de Subsidios a Proyectos

    7.1.

    Asignación de subsidios para la atención de Proyectos especiales y de alto impacto, situaciones de contingencia o emergencia y/o políticas públicas, así como los Proyectos de las OSC.

    7.2.

    Asignación de recursos para la atención de Proyectos estatales en materia de Discapacidad mediante ecuación de distribución

  8. Ejecución

    8.1. Ejercicio de los Subsidios

    8.1.1. Comprobación del Gasto

    8.2.

    Avances Físico-Financieros

    8.3. Informe Final de Resultados

  9. Evaluación

    9.1. Evaluación Interna

    9.2. Evaluación Externa

    9.2.1. Fiscalización, Control y Vigilancia

  10. Transparencia

  11. Participación Social

    11.1.Participación en Proyectos

    11.2.De los Convenios

    11.3.Participación en Control y Vigilancia

    11.3.1. Contraloría Social

  12. Quejas y Denuncias

  13. Anexos

  14. Presentación

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en concordancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, prevé en su artículo 1o., que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, asimismo en su artículo 4o., párrafos cuarto y quinto, establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.

    La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del Desarrollo Nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

    El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en su Meta Nacional II. México Incluyente, hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos ciudadanos y humanos plenos, propone políticas sociales que giren en torno al ciudadano, ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con equidad, cohesión social e Igualdad de Oportunidades, el cual busca consolidar plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes grupos sociales y regiones del país. Asimismo, busca asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las Personas con Discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria en una abierta a la tolerancia y...

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