Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Seguro Médico Siglo XXI, para el ejercicio fiscal 2015

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2015
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Salud

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. MARIA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LOPEZ, Secretaria de Salud, con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29 y 30, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 y 7, fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO Artículo Único

Que el artículo 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece el derecho humano a la protección de la salud y prevé la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece respecto de la Meta Nacional 2 México Incluyente, que la presente Administración pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud, sean un factor determinante en su desarrollo, para lo cual se prevé, dentro del Objetivo 2.2. Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente, Estrategia 2.2.2. Articular políticas que atiendan de manera específica cada etapa del ciclo de vida de la población, la línea de acción relativa a la promoción del desarrollo integral de los niños y niñas, particularmente en materia de salud, a través de la implementación de acciones coordinadas entre los órdenes de gobierno y la sociedad civil;

Que acorde con lo anterior, el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 en su Objetivo 6. Avanzar en la construcción de un Sistema Nacional de Salud Universal bajo la rectoría de la Secretaría de Salud, Estrategia 6.1 Instrumentar mecanismos para sentar las bases de un Sistema Nacional de Salud Universal, establece como una de sus líneas de acción la relativa a ampliar gradualmente las intervenciones cubiertas por el Sistema de Protección Social en Salud;

Que el Gobierno Federal ha garantizado la cobertura de servicios de la salud de todos los niños y niñas menores de cinco años, a través del Programa Seguro Médico Siglo XXI, el cual ha contribuido de manera significativa a preservar la salud de todos los niños y niñas en el país, financiando la atención médica completa e integral de aquellos que no cuentan con ningún tipo de seguridad social, al tiempo que garantiza la afiliación inmediata de toda la familia al Sistema de Protección Social en Salud;

Que en término de los dispuesto por el artículo 29, párrafo primero, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, así como su anexo 25, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2014, el Programa Seguro Médico Siglo XXI estará sujeto a las reglas de operación que al efecto se emitan, de conformidad con el artículo 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;

Que el Programa Seguro Médico Siglo XXI no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas o acciones del Gobierno Federal, en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo, y

Que los gastos indirectos del Programa Seguro Médico Siglo XXI, para el Ejercicio Fiscal 2015, se ajustarán a lo establecido en el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado el 10 de diciembre de 2012, en el Diario Oficial de la Federación y en los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio de gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2013, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTICULO UNICO

Se emiten las Reglas de Operación del Programa Seguro Médico Siglo XXI, para el Ejercicio Fiscal 2015.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil quince.

SEGUNDO. Las tarifas e importes a los que se hacen referencia en el punto 5.3.3. de las Reglas de Operación del Programa Seguro Médico Siglo XXI para el Ejercicio Fiscal 2015, se harán públicos por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, en su página electrónica, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la fecha de firma de los convenios de colaboración interinstitucional para la ejecución de acciones relativas al Programa Seguro Médico Siglo XXI, que se suscriban por la Secretaría de Salud con el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

TERCERO. Aquellos menores beneficiarios del Programa Seguro Médico Siglo XXI, con intervenciones registradas en el Sistema Informático de dicho Programa durante los años 2012, 2013 y 2014 que requieran de la continuidad de las mismas, seguirán siendo atendidos en los mismos términos y condiciones que dieron origen a tales intervenciones, aun en el supuesto de haber cumplido los cinco años de edad.

CUARTO. Los padecimientos cubiertos por el Programa Seguro Médico Siglo XXI, diagnosticados a los beneficiarios durante la vigencia de sus derechos en dicho Programa, cuyo tratamiento comience después de haber cumplido los 5 años de edad, podrán ser elegibles al financiamiento correspondiente, para lo cual los prestadores de servicios de atención médica deberán informar de inmediato a la unidad administrativa o servidor público designados para tal efecto por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, a fin de que se proceda a su revisión y, en su caso, autorización de registro.

QUINTO. Para efectos de la operación del Programa Seguro Médico Siglo XXI, se podrán utilizar los formularios, trípticos, registros, y demás insumos del Programa Seguro Médico para una Nueva Generación, hasta agotar sus existencias.

SEXTO. Los indicadores de desempeño podrán adecuarse, en términos de los comentarios que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y la Dirección General de Evaluación del Desempeño de la Secretaría de Salud, los cuales estarán disponibles en la página electrónica de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud: www.seguro-popular.gob.mx.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 18 días del mes de diciembre de 2014.- La Secretaria de Salud, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA SEGURO MEDICO SIGLO XXI, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015

Contenido

  1. Introducción.

  2. Glosario.

  3. Objetivos.

    3.1. Objetivo general.

    3.2. Objetivo específico.

  4. Lineamientos.

    4.1. Cobertura.

    4.2. Población.

    4.2.1. Población potencial.

    4.2.2. Población objetivo.

    4.2.3. Población atendida.

    4.3. Criterios de elegibilidad.

    4.4. Requisitos de afiliación.

    4.5. Beneficios.

    4.6. Derechos, obligaciones y corresponsabilidades de los beneficiarios.

    4.6.1. Derechos.

    4.6.2. Obligaciones.

    4.6.3. Corresponsabilidades en materia de salud.

    4.7. Instituciones e instancias participantes.

    4.7.1. Entes normativos.

    4.7.2. Entes ejecutores.

  5. Mecánica de operación.

    5.1. Responsabilidades de los entes ejecutores.

    5.1.1. De la CNPSS.

    5.1.2. De la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.

    5.1.3. De la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud.

    5.1.4. De los gobiernos de las entidades federativas.

    5.2. Operación del SMSXXI.

    5.3. Características, periodicidad y forma de pago de los apoyos para la operación del SMSXXI.

    5.3.1. Apoyo económico a los SESA por incremento en la demanda de servicios.

    5.3.2. Apoyo económico para el pago de intervenciones cubiertas por el SMSXXI.

    5.3.3. Apoyo económico para el pago por prestación de servicios no otorgados por los SESA.

    5.3.4. Apoyo económico para la realización del tamizaje auditivo, para la detección de niños con hipoacusia.

    5.3.5. Apoyo económico...

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