Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO), para el ejercicio fiscal 2017

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EmisorSecretaría de Turismo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo. ENRIQUE DE LA MADRID CORDERO, Secretario de Turismo, con fundamento en los artículos 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22, 27, 28 y 32 de la Ley de Planeación; 5, fracción II, de la Ley General de Turismo; 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 7 y 8, fracción X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 28, párrafo décimo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que se podrán otorgar subsidios con recursos federales a actividades que sean prioritarias, cuando éstas sean generales, de carácter temporal y no afecten las finanzas de la Nación.

Que una de las metas que se ha propuesto el Gobierno de la República es lograr un México Próspero, donde la economía del país crezca.

Que el objetivo 4.11 de la Meta Nacional IV "México Próspero" del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, consiste en aprovechar el potencial turístico de México para generar una mayor derrama económica en el país.

Que el Programa Presupuestario S248 "Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO)" se creó con la finalidad de contribuir a mejorar las condiciones de infraestructura y equipamiento en las regiones turísticas, diversificar la oferta que permita, en el mediano plazo, la consolidación de destinos y el fomento de los productos turísticos.

Que la coordinación institucional y vinculación de acciones gubernamentales busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, explotar la complementariedad y reducir gastos administrativos. Por ello, es la intención de la Secretaría de Turismo (SECTUR) establecer los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que el PRODERMAGICO no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal.

Que las Reglas de Operación cumplen con los criterios y disposiciones determinadas por los artículos 30 y 31 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016 y que entrará en vigor el 1 de enero de 2017.

Que con el propósito de contar con un mecanismo que asegure la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos asignados al PRODERMAGICO, se expide el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO), para el ejercicio fiscal 2017.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, a los veintidós días del mes de diciembre de 2016.- El Secretario de Turismo, Enrique De la Madrid Cordero.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO REGIONAL TURÍSTICO SUSTENTABLE Y PUEBLOS MÁGICOS (PRODERMAGICO), PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.

Contenido

  1. - Introducción.

  2. - Objetivos.

    2.1.- Objetivo General.

    2.2.- Objetivos Específicos.

  3. - Lineamientos.

    3.1.- Cobertura.

    3.2.- Población Potencial, Objetivo y Atendida.

    3.3.- Criterios y Requisitos de elegibilidad de los Proyectos.

    3.3.1. Criterios.

    3.3.2. Requisitos.

    3.4.- Características de los Apoyos.

    3.5.- Tipos de apoyo.

    3.5.1.- Exclusiones y limitaciones.

    3.6.- Derechos, Obligaciones y Sanciones de los beneficiarios.

    3.6.1.- Derechos.

    3.6.2.- Obligaciones.

    3.6.3.- Sanciones.

    3.7.- Participantes.

    3.7.1.- Ejecutores.

    3.7.2.- Instancia Normativa.

    3.7.3.- Funciones de Otras Instancias Normativas.

    3.7.4.- Unidades Administrativas Participantes en el Comité Dictaminador del PRODERMAGICO.

    3.7.5.- Comité Dictaminador del PRODERMAGICO.

    3.7.6.- Instancia(s) de Control y Vigilancia.

    3.8.- Complementariedad y sinergia con otros recursos federales.

  4. - Operación.

    4.1.- Proceso.

    4.1.1.- Recepción de propuestas.

    4.1.2.- Procedimiento de selección.

    4.1.3.- Firma de Convenio.

    4.1.4.- Contratación de las obras, servicios relacionados y acciones.

    4.1.5.- Supervisión de obras, servicios relacionados y acciones.

    4.1.6.- Modificaciones a los Convenios de Coordinación.

    4.2.- Ejecución.

    4.2.1.- Avances físicos financieros, de supervisión de obra, servicios relacionados y acciones.

    4.2.2.- Documentos de finalización de obra, servicios relacionados y acciones.

    4.2.3.- Cierre de Proyectos y Terminación de Convenio.

    4.2.4.- Recursos no devengados.

    4.3.- Gastos indirectos.

  5. - Auditoría, Control y Seguimiento.

  6. - Evaluación.

    6.1.- Interna.

    6.2.- Externa.

  7. - Transparencia.

    7.1.- Difusión.

    7.2.- Contraloría Social.

    7.3.- Acciones de Blindaje Electoral.

  8. - Perspectiva y Equidad de Género.

  9. - Enfoque de Derechos.

  10. - Quejas y Denuncias.

ARTICULOS TRANSITORIOS

ANEXOS

FLUJOGRAMA

GLOSARIO DE TÉRMINOS

  1. - Introducción.

    El Turismo es un sector estratégico para el país, porque tiene una alta capacidad para generar empleo, competir exitosamente, democratizar la productividad entre sectores económicos y regiones geográficas, y generar alto valor a través de su integración con cadenas productivas locales.

    Por esta razón, y con el objeto de elevar el nivel de bienestar de la sociedad, se deben crear las condiciones necesarias que hagan posible el aprovechamiento del potencial turístico de México para generar una mayor derrama económica en el país.

    La estrategia 4.11.2 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece que para el aprovechamiento del potencial turístico de México, se debe impulsar la innovación de la oferta y elevar la competitividad del sector turístico a través del fortalecimiento de la infraestructura y la calidad de los servicios y de los productos turísticos.

    En concordancia con la Meta Nacional IV del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Sectorial de Turismo 2013-2018, ha establecido como su objetivo sectorial 2: "Fortalecer las Ventajas Competitivas de la Oferta Turística", que en su diagnóstico señala que el turismo mexicano participa con el resto del mundo en un mercado cada vez más competido, en el cual es necesario promover un turismo de calidad, que ofrezca productos y servicios innovadores, diversificados, con mayor valor agregado y con una adecuada articulación de las cadenas de valor productivas y comerciales vinculadas al turismo.

    Con ello, se generarán las condiciones para que los visitantes tengan una experiencia única, que fortalezca la competitividad del turismo mexicano en el mundo y que haga que la industria turística multiplique su potencial y que sus beneficios alcancen a más mexicanos.

    En atención a este objetivo sectorial, la SECTUR creó el Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO), el cual contribuye a mejorar las condiciones de la infraestructura y equipamiento en las localidades, la capacitación de los prestadores turísticos, el apoyo a la movilidad de turistas, buscando el fomento del producto por conducto de la diversificación de su oferta, y con ello, en el mediano plazo, la consolidación de nuestros destinos turísticos, especialmente los que cuentan con nombramiento de Pueblo Mágico vigente y aquellas localidades que pretenden incorporarse como Pueblo Mágico.

    Para ello, las presentes Reglas de Operación contemplan el apoyo a proyectos que contribuyan al desarrollo turístico, a través de subsidios, en beneficio de la población que habita los destinos turísticos.

    Para llevar a cabo dichos proyectos las Direcciones Generales de Desarrollo Regional y Fomento Turístico y de Gestión de Destinos podrán, a través de un Grupo de trabajo, recomendar al Comité Dictaminador la procedencia de los mismos.

    Por lo anterior, la Dirección General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico dará seguimiento a las presentes Reglas de Operación, con independencia de donde se encuentren asignados presupuestalmente los recursos, para cumplir con el objetivo general de estas Reglas, en cualquiera de sus modalidades y podrá apoyarse para dichas actividades con la Dirección General de Gestión de Destinos en el ámbito de sus facultades.

    En ese sentido, las presentes Reglas de Operación consideran en sus Anexos, el detalle de la cobertura del PRODERMAGICO, copia de la solicitud de apoyo y su respectivo instructivo de llenado; un flujograma explicativo del proceso básico del programa y el Modelo de Convenio de Coordinación, que será el instrumento jurídico por medio del cual se ratificarán los compromisos, derechos y obligaciones de las partes involucradas. Por otra parte, se anexan los indicadores de resultados del PRODERMAGICO, así como un Glosario de términos utilizados en las presentes Reglas de Operación.

    Asimismo, la SECTUR podrá celebrar convenios intersecretariales con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, que permitan articular las políticas y programas del Gobierno Federal y ejercer de manera eficiente y transversal los recursos públicos, en beneficio de los proyectos asignados por el PRODERMAGICO.

  2. - Objetivos.

    2.1.- Objetivo General:

    · Contribuir a fortalecer las ventajas competitivas de la oferta turística en los destinos turísticos y en las regiones turísticas, mediante la ejecución de obras, servicios relacionados y acciones para el desarrollo sustentable del turismo.

    2.2.- Objetivos Específicos:

    · Realizar servicios relacionados y acciones en los destinos turísticos y las...

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