Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Vivienda Rural, para el ejercicio fiscal 2012

Fecha de disposición30 Diciembre 2011
Fecha de publicación30 Diciembre 2011
SecciónQUINTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. JESUS HERIBERTO FELIX GUERRA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Desarrollo Social", entre ellos, el Programa Vivienda Rural, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Que esta Secretaría recibió el oficio número 312.A.- 003444 de fecha 5 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización presupuestaria correspondiente a las Reglas de Operación del Programa Vivienda Rural; asimismo, recibió con fecha 19 de diciembre de 2011, el oficio número COFEME/11/3241 de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA VIVIENDA RURAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

UNICO: Se emiten las Reglas de Operación del Programa Vivienda Rural, para el ejercicio fiscal 2012.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 2 de enero de 2012.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Vivienda Rural, para el ejercicio fiscal 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2010.

TERCERO.- Estas reglas de operación dan cumplimiento al numeral 31 del Programa Nacional de Reducción del Gasto Público, emitido por la Unidad de Política y Control Presupuestario con fecha 12 de marzo de 2010, en el que se señala que para el ejercicio fiscal 2011 y 2012 las dependencias y entidades deberán realizar una reducción de al menos 4% de los gastos indirectos de los programas sujetos a Reglas de Operación.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil once.- El Secretario de Desarrollo Social, Jesús Heriberto Félix Guerra.- Rúbrica.

  1. Introducción.

    El Programa de Vivienda Rural apoya a los hogares mexicanos con ingresos por debajo de la línea de bienestar y con carencia por calidad y espacios de la vivienda que habitan en localidades rurales de alta y muy alta marginación de hasta 5000 habitantes a través de un subsidio federal para que edifiquen, amplíen o mejoren su vivienda, buscando así contribuir a elevar su calidad de vida.

    Para fortalecer el patrimonio de los hogares de escasos recursos del medio rural, el Programa busca la concurrencia de esfuerzos de los beneficiarios, los tres órdenes de gobierno y en su caso, de las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro.

    Para esto, el Programa aplica tres modalidades de apoyo: Edificación de una Unidad Básica de Vivienda Rural (UBVR), así como Ampliación y Mejoramiento de la vivienda existente.

    En este sentido, el Programa se encuentra enmarcado en objetivo 1 del Eje 3 del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 "Igualdad de Oportunidades", en el que se establece como prioridad el reducir significativamente el número de mexicanos en condición de pobreza a través de políticas públicas que superen un enfoque asistencialista, de modo que las personas puedan adquirir capacidades y generar oportunidades de trabajo.

    Así mismo, en el marco del Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012, el Programa contribuye a la Estrategia 3.1. "Apoyar a las regiones más marginadas del país para reducir la brecha regional de desarrollo humano".

    En alineación a la Estrategia Vivir Mejor, se busca mejorar y cuidar el entorno, considerando la Vivienda, como parte esencial del patrimonio de las familias, espacio básico para el desarrollo armónico de sus integrantes, y herramienta para amortiguar la vulnerabilidad, buscando combatir los rezagos de vivienda nueva y mejoramiento, garantizando la atención a la población más pobre.

    En el Anexo I se presenta un glosario con los conceptos y siglas utilizadas frecuentemente en las presentes Reglas de Operación.

  2. Objetivos.

    2.1 Objetivo General.

    Contribuir a que los hogares rurales en situación de pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar y con carencia por calidad y espacios de la vivienda mejoren su calidad de vida a través de soluciones de vivienda.

    2.2 Objetivos Específicos.

    Mejorar las condiciones habitacionales de los hogares que se encuentren en localidades rurales.

  3. Lineamientos.

    3.1 Cobertura.

    El Programa operará a nivel nacional en las localidades rurales de hasta 5,000 habitantes clasificadas como de Alta o Muy Alta Marginación.

    3.2 Población Objetivo.

    Hogares mexicanos en pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar y con carencia por calidad y espacios de la vivienda en localidades rurales de hasta 5,000 habitantes, clasificadas como de Alta o Muy Alta Marginación.

    3.3. Criterios y Requisitos de Elegibilidad.

    Criterios Requisitos (Documentos requeridos)
    Para todas las modalidades se deberá cumplir lo siguiente:
    Estar interesado en obtener el apoyo Ser un jefe del hogar con al menos un dependiente económico y entregar el CUIS1/ debidamente llenado (Anexo II). Los CUIS levantados por la SEDESOL deberán ser complementados mediante el llenado del Anexo IIa. En el caso de adultos mayores no se requiere contar con dependientes económicos.
    Acreditar identidad y nacionalidad Entregar copia legible de su identificación oficial. Copia de su CURP o CIC y en su caso, la de su cónyuge.

    Acreditar Residencia Entregar constancia original expedida por la autoridad agraria o local que acredite que el solicitante tiene un arraigo mínimo de dos años en una localidad rural de hasta 5,000 habitantes, clasificada como de Alta o Muy Alta Marginación
    Acreditar ser propietario o poseedor legítimo Entregar copia simple de la documentación que acredite la propiedad o tenencia legítima del terreno donde se pretenda realizar la acción de vivienda.

    1/ Los CUIS que fueron capturados en ejercicios fiscales anteriores, serán válidos para el presente ejercicio fiscal

    3.4 Criterios de selección.

    Los solicitantes que cumplan con lo establecido en los criterios de elegibilidad y requisitos podrán ser beneficiarios de un subsidio, de acuerdo a los resultados que arroje el SIDIR para su atención conforme a lo siguiente:

    3.4.1 Criterios de priorización para grupos vulnerables.

    1. Los de mayor pobreza.

    2. Los solicitantes con discapacidad o que uno de sus dependientes económicos tenga alguna discapacidad.

    3. Madres solteras.

    4. Hogares cuyos jefes de familia sean adultos mayores.

    5. Hogares con niños de hasta 14 años de edad.

      3.4.2 Criterios de priorización geográficos.

    6. Los que habiten en zonas declaradas de riesgo natural por la autoridad federal o estatal competente, con una residencia en dicha zona anterior al 31 de diciembre del año 2003, y sean objeto de reubicación por parte de la autoridad local en los municipios de Muy Alta o Alta Marginación.

    7. Los que habitan en los municipios de menor IDH.

    8. Los municipios con Alto y Muy Alto Indice de Rezago Social definidos por el CONEVAL.

      3.5 Tipos y Montos de Apoyo.

      Los apoyos del Programa estarán condicionados a las aportaciones de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR