Acuerdo por el que se establece la plataforma denominada Oficialía de Partes Digital Minera para los trámites de la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía y las reglas para su uso.
Fecha de disposición | 16 Noviembre 2018 |
Fecha de publicación | 16 Noviembre 2018 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 fracción XXVII, XXVIII, XXIX y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 3 fracción XXI de la Ley General de Mejora Regulatoria y 69-C de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 y 4 del Reglamento de la Ley Minera; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, dentro de su estrategia transversal para el desarrollo nacional "Gobierno Cercano y Moderno" prevé que las políticas y acciones de gobierno inciden directamente en la calidad de vida de las personas, por lo que es imperativo contar con un gobierno eficiente que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales; en este sentido, las políticas de la presente Administración deben estar enmarcadas, en el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación.
Que el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, señala que es fundamental reconocer que las nuevas Tecnologías de la Información y de Comunicación son una herramienta básica que brinda amplias oportunidades para mejorar la eficiencia al interior del gobierno y que permite mejorar la comunicación al exterior y prevé dentro de su Objetivo 5 "Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento", buscando impactar, entre otros aspectos, en la innovación y transformación de la gestión gubernamental.
Que en cumplimiento al Programa para un Gobierno Cercano y Moderno, es necesario orientar las acciones de la Secretaría de Economía a fin de agilizar, simplificar y mejorar de manera periódica, diversos trámites que se realizan ante la misma en razón de su competencia, como lo son aquéllos en materia minera y establecer la opción de que se realicen a través de medios electrónicos, lo que facilitará a las personas interesadas a reducir los tiempos y costos que actualmente implica el llevar los trámites de manera tradicional.
Que el 3 de febrero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno, el cual tiene por objeto establecer dicha Ventanilla Única, como el punto de contacto digital a través del portal de internet www.gob.mx, el cual propiciará la interoperabilidad con los sistemas electrónicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las empresas productivas del Estado, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables a éstas y en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo prevé en su artículo 69-C que en los procedimientos administrativos, las dependencias de la Administración Pública Federal recibirán las promociones o solicitudes que, en términos de la propia Ley se presenten por escrito, sin perjuicio de que puedan hacerse también por medios de comunicación electrónica en las etapas en que así se determine por medio de las reglas de carácter general que sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación, empleando en sustitución de la firma autógrafa medios de identificación electrónica.
Que la Ley de Firma Electrónica Avanzada establece en su artículo 7 que los documentos electrónicos y los mensajes de datos que cuenten con firma electrónica avanzada producirán los mismos efectos que los presentados con firma autógrafa, teniendo en consecuencia, el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan a estos últimos.
Que con el propósito de establecer la plataforma denominada "Oficialía de Partes Digital Minera", a través del cual se podrán presentar de forma opcional los trámites mencionados en el Anexo I de este instrumento, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA PLATAFORMA DENOMINADA OFICIALÍA DE PARTES DIGITAL MINERA PARA LOS TRÁMITES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MINAS DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y LAS REGLAS PARA SU USO
Primero.- Se establece la plataforma denominada "Oficialía de Partes Digital Minera", en adelante OPDM, para que de manera opcional puedan presentarse los trámites señalados en el Anexo I del presente Acuerdo a cargo de la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía, en términos de la Ley Minera y su Reglamento.
El acceso a la OPDM se encuentra disponible en el portal de Internet https://www.gob.mx/tramites, al cual, toda persona interesada...
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