Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones delega en el Titular de la Unidad de Política Regulatoria la atribución para autorizar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión en los términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

EmisorInstituto Federal de Telecomunicaciones

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES DELEGA EN EL TITULAR DE LA UNIDAD DE POLÍTICA REGULATORIA LA ATRIBUCIÓN PARA AUTORIZAR LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y DE RADIODIFUSIÓN EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN.

El Pleno de Instituto Federal de Telecomunicaciones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, párrafos décimo quinto y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 7, 15 fracción XXIV, 16 y 17 penúltimo párrafo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 4 fracción V inciso i), 6, fracción XVI y 21 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, "Instituto") es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto regular, promover y supervisar el uso, aprovechamiento y explotación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, además de ser la autoridad en materia de competencia económica en los sectores de los servicios aludidos, conforme a lo dispuesto en los párrafos décimo quinto y décimo sexto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.- Que el 14 de julio de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (en lo sucesivo, "DOF") el "Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión" que otorga diversas atribuciones al Instituto.

TERCERO.- Que el artículo cuarto transitorio del Decreto dispuso que el Instituto debería adecuar su Estatuto Orgánico a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (en lo sucesivo, la "Ley"), mismo que se publicó en el DOF el 4 de septiembre de 2014.

CUARTO.- Que el artículo 15 fracción XXIV de la Ley establece que corresponde al Instituto autorizar, registrar y publicar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión en los términos de la Ley, y cuando los títulos de concesión lo prevean, así como cuando se trate de medidas establecidas a los agentes económicos preponderantes o con poder sustancial.

QUINTO.- Que el artículo 17 penúltimo...

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