Acuerdo por el que se modifican las Reglas para la gestión de trámites por medios de comunicación electrónica ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 1o, párrafo tercero y 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 140 de la Ley General de Salud; 26 y 34 fracciones XII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 69-C de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 31, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Inversión Extranjera; 30, 31, 32, 33, 34 y 35 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo prevé en su artículo 69-C que los particulares podrán optar por presentar promociones o solicitudes a través de medios de comunicación electrónica, empleando en sustitución de la firma autógrafa medios de identificación electrónica, produciendo estos últimos los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente y con el mismo valor probatorio, en aquellas etapas de los procedimientos administrativos que las dependencias y organismos determinen por medio de las reglas de carácter general que sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Que el 11 de enero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Firma Electrónica Avanzada, la cual dispone en el segundo párrafo de su artículo 7, que los documentos electrónicos y los mensajes de datos que cuenten con firma electrónica avanzada producirán los mismos efectos que los presentados con firma autógrafa y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan a éstos.

Que el empleo de sistemas tecnológicos en procedimientos, trámites y servicios, mejora y hace más eficiente la gestión pública, facilita el cumplimiento de obligaciones por parte de los particulares y disminuye los costos de transacción en que éstos incurren.

Que en virtud de lo anterior, la Secretaría de Economía desarrolló una plataforma informática que permite a los particulares presentar, de forma confiable y segura, trámites y solicitudes ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras de conformidad con la Ley de Inversión Extranjera.

Que el 23 de febrero de 2015, se publicaron en el DOF las Reglas para la gestión de trámites por medios de comunicación electrónica ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

Que el 23 de marzo de 2020, se publicó en el órgano de difusión oficial antes mencionado, el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.

Que el 24 de marzo de 2020, se publicó en el DOF, el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus...

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