Acuerdo número 19/12/15 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Convivencia Escolar para el ejercicio fiscal 2016

Fecha de disposición27 Diciembre 2015
Fecha de publicación27 Diciembre 2015
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

AURELIO NUÑO MAYER, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 1o., último párrafo, 3o. y 4o., primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 8o., 32, 33, fracción XV y 42 de la Ley General de Educación; 12, fracción V y 17, fracción II de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; 41, fracción II y 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 1, fracciones I y II, 13, fracción XI y último párrafo, 37, fracciones II y IV, 57, primero y tercer párrafos, fracción X, 58 y 59 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 1 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XIV, XXI y penúltimo y último párrafos, 17, fracción V, 24, 28, 29, 30, 39 y Anexos 13, 14, 18, 19 y 25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016 establece en sus artículos 3, fracción XXI y 29 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 25;

Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y

Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 19/12/15 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016

ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Convivencia Escolar para el ejercicio fiscal 2016, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2016.

México, Distrito Federal, a 22 de diciembre de 2015.- El Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016

ÍNDICE

GLOSARIO

  1. INTRODUCCIÓN

  2. OBJETIVOS

    2.1. General

    2.2. Específicos

  3. LINEAMIENTOS

    3.1. Cobertura

    3.2. Población objetivo

    3.3. Beneficiarios/as

    3.3.1. Requisitos

    3.3.2. Procedimiento de selección

    3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

    3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos

    3.6. Participantes

    3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)

    3.6.2. Instancia(s) normativa(s)

    3.7. Coordinación institucional

  4. OPERACIÓN

    4.1. Proceso

    4.2. Ejecución

    4.2.1. Avances físicos y financieros

    4.2.2. Acta de entrega-recepción

    4.2.3. Cierre de ejercicio

    4.2.4. Recursos no devengados

  5. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO

  6. EVALUACIÓN

    6.1. Interna

    6.2. Externa

  7. TRANSPARENCIA

    7.1. Difusión

    7.2. Contraloría social

  8. QUEJAS Y DENUNCIAS

    ANEXOS

Anexo 1 Carta Compromiso Única
Anexo 2 Convenio Marco de Coordinación para el desarrollo de los Programas y de Lineamientos Internos de Coordinación
Anexo 3 Carta Compromiso Escolar
Anexo 4 Criterios para la Elaboración de la Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica
Anexo 5 Funcionamiento del Comité Técnico Local de Educación Básica
Anexo 6 Diagrama de flujo
Anexo 7 Formato: Informe Trimestral Físico-Financiero
Anexo 8 Padrón de escuelas públicas participantes en el PNCE

GLOSARIO

Para efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:

Acoso Escolar.- Es un comportamiento prolongado de abuso y maltrato que ejerce una alumna o un alumno, o bien en grupo de alumnas o alumnos sobre otro u otros, en escuelas de educación básica, con el propósito de intimidarlo/a o controlarlo/a, mediante contacto físico o manipulación psicológica. Se produce dentro de las instalaciones de los centros educativos y en el horario escolar.

Para que se considere acoso escolar, debe presentar las siguientes características:

· Abuso de poder: Se refiere a los comportamientos reiterados de: agresión física, intimidación, amenazas, por parte de una alumna o alumno, o bien un grupo de alumnas o alumnos para humillar, transgredir emocionalmente, con el propósito de someter a otro/a u a otros/as en condiciones de inferioridad.

· Repetición y sistematicidad: Es la actitud que persiste con el propósito de vulnerar la condición física y emocional que puede involucrar a una alumna o un alumno, o bien en grupo de alumnas o alumnos, al violar las pautas de conducta y valores sociales establecidos dentro de la escuela.

Algunos comportamientos pueden ocurrir por única vez y alterar la convivencia escolar sana y pacífica, a las que se les llama conductas de riesgo, como los comportamientos desafiantes u hostiles que provocan la ruptura de organización de las actividades individuales y grupales dentro y fuera del salón de clases afectando las relaciones interpersonales y el desarrollo sano de las y los alumnos/as.

Se consideran tres tipos de acoso:

· Acoso verbal. Consiste en expresar de manera directa o indirecta entre las alumnas y/o entre los alumnos palabras desagradables o agresivas cuya intención sea humillar, amenazar o intimidar al otro. Se incluyen burlas, insultos, comentarios sexuales inapropiados, provocaciones.

· Acoso social. Consiste en lesionar emocionalmente las relaciones de una alumna o un alumno con otro u otros, aislarlo, no tomarlo en cuenta o marginarlo. Puede ser directo o indirecto, como divulgar rumores acerca de sus actividades personales y avergonzarlo en público.

· Acoso físico. La acción continua de una alumna o un alumno o bien de alumnas y alumnos para lastimar u ocasionar lesiones corporales a otro u otros, o deteriorar sus pertenencias. Incluye golpear, patear, pellizcar, escupir, hacer tropezar, empujar, tomar, romper o esconder sus cosas,

hacer gestos desagradables o inadecuados con la cara o las manos.

AEL.- Autoridad Educativa Local; para efectos de las presentes Reglas de Operación también se incluye a la AFSEDF.

AFSEDF.- Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

Alumnas/os.- Niñas, niños y adolescentes que asisten a la educación formal en los niveles de preescolar, primaria y secundaria, que participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje. También se utiliza como sinónimo: estudiantes.

ASF.- Auditoría Superior de la Federación.

Asistencia Técnica del Programa.- Conjunto de apoyos, asesoría y acompañamiento que la Autoridad Educativa Federal brinda a la AEL y ésta a su vez al personal docente, directivo y de supervisión escolar para el fortalecimiento de la autonomía de la gestión escolar.

Carta Compromiso Escolar.- Documento mediante el cual la escuela expresa su voluntad de participar en el Programa Nacional de Convivencia Escolar, a la AEL, así como el compromiso de realizar las acciones correspondientes sujetándose a los términos y...

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