Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación

Fecha de disposición29 Julio 2015
Fecha de publicación29 Julio 2015
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.- México. La Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3o., fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 24, 38, fracción I; 44, fracción VI, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; 95, 96 y 97 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman el primer párrafo y el subinciso d.2., del artículo 4; las fracciones IV, VI, XIII, XVI del artículo 15; el primer párrafo y la fracción IX del artículo 18; el artículo 34; la denominación del Capítulo XIV; el primer párrafo y las fracciones I, V, VIII, IX, XI del artículo 57; la denominación del Capítulo XVI; la fracción IX del artículo 69; las fracciones I, VI, VII, VIII, X, XI, XII, XIV del artículo 75; el primer párrafo y las fracciones I, III, IV del artículo 77; las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX del artículo 78; las fracciones III y IX del artículo 79; las fracción X del artículo 80; se adicionan las fracciones VIII. Bis y VIII. Ter al artículo 3; un subinciso a. 5, un inciso f), y los subincisos f.1, f. 1.1, f.2 y f.2.1 al artículo 4; las fracciones II. Bis, II. Ter, II. Quáter, II. Quintus y VI. Bis al artículo 59; el artículo 63 Bis; las fracciones I. Bis, I. Ter, VI. Bis, VI. Ter, VII. Bis, XII. Bis y XIV. Bis al artículo 75; las fracciones I. Bis, I. Ter, III. Bis, III. Ter, III. Quáter, III. Quintus, IV. Bis, V. Bis, V. Ter y X al artículo 77; las fracciones V. Bis, V. Ter y IX. Bis al artículo 78; los artículos 82 Bis y 82 Ter; se derogan los subincisos a.4 y d.1 del artículo 4; las fracciones II, XII, XIII, XIV del artículo 59; el artículo 63; las fracciones II, III, IV, V, XIII, XV y XVI del artículo 75; el artículo 76; las fracciones II, V, VI, VII, VIII y IX del artículo 77; la fracción X del artículo 78; la fracción VII del artículo 79; del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2013, para quedar como sigue:

Artículo 3

...

...

  1. Bis. Coordinación, a la Coordinación de Direcciones del INEE en las Entidades Federativas;

  2. Ter. Direcciones del INEE en las Entidades Federativas, a las áreas del Instituto que se establezcan en cada uno de los Estados de la República, así como en el Distrito Federal;

...

Artículo 4

Para el ejercicio de sus funciones y el despacho de los asuntos que le competen, el Instituto contará con los Órganos y Unidades Administrativas siguientes:

...

  1. ...

a) ...

...

a.4. Se deroga.

a.5. Dirección General para la Coordinación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa.

...

d) ...

d.1. Se deroga.

d.2. Dirección General de Planeación y Coordinación Institucional.

...

f) Coordinación de Direcciones del INEE en las Entidades Federativas:

f.1. Dirección General Operativa "A";

f.1.1 Direcciones del INEE en las Entidades Federativas;

f.2. Dirección General Operativa "B";

f.2.1 Direcciones del INEE en las Entidades Federativas.

Artículo 15

...

...

  1. Autorizar los lineamientos para la planeación, programación, organización y evaluación del desempeño de las Unidades, Coordinación y Direcciones Generales;

    ...

  2. Autorizar el funcionamiento de las Direcciones del INEE en las Entidades Federativas;

    ...

    XIII.

    Autorizar los nombramientos, ceses o remociones de los Titulares de Unidad, Coordinador y Directores Generales del Instituto;

    ...

  3. Conocer el avance de los programas de trabajo de las Unidades y de la Coordinación con una periodicidad trimestral, mismos que serán presentados en sesión ordinaria de la Junta;

    ...

Artículo 18

El Consejero Presidente, además de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley, tendrá las siguientes facultades y funciones:

...

  1. Asegurar, en coordinación con el Secretario Técnico, con los Titulares de Unidad que correspondan, así como con el Coordinador, el cumplimiento de los acuerdos de la Junta; y

...

Artículo 34

La Junta designará a un Consejero para que presida el Consejo de Vinculación con las Entidades Federativas. El Secretario de Actas, será el Coordinador de Direcciones del INEE en las Entidades Federativas o el servidor público de jerarquía inmediata, que dicho Coordinador designe. Podrán participar en las sesiones otros servidores públicos del Instituto a quienes invite la Junta.

CAPÍTULO XIV DE LAS FACULTADES Y FUNCIONES DE LOS TITULARES DE UNIDAD Y DEL COORDINADOR. Artículo 57
Artículo 57

Al frente de las Unidades y de la Coordinación a que hace referencia el artículo 4 de este Estatuto estará un Titular y un Coordinador, respectivamente, que tendrán las siguientes facultades y funciones generales:

  1. Planear, programar, organizar, dirigir y evaluar el desempeño de las funciones encomendadas a la Unidad o Coordinación a su cargo, de acuerdo con los lineamientos que fije la Junta;

    ...

  2. Acordar con el Consejero Presidente o, en su caso, con el Consejero designado, los asuntos relevantes de la Unidad o Coordinación a su cargo;

    ...

  3. Participar en el diseño de los sistemas informáticos requeridos para la realización de las funciones asignadas a su Unidad o Coordinación;

  4. Dirigir y administrar los recursos humanos, financieros y materiales de las áreas adscritas a su Unidad o Coordinación, así como autorizar el ejercicio de los recursos financieros que tenga asignados, de acuerdo con la normatividad aplicable;

    ...

  5. Proponer la designación y remoción de los servidores públicos adscritos a su Unidad o Coordinación, conforme a lo establecido en este Estatuto y disposiciones jurídicas aplicables;

    ...

CAPÍTULO XVI DE LAS UNIDADES, COORDINACIÓN Y SUS DIRECCIONES GENERALES. Artículos 59 a 82.ter
Artículo 59

...

...

  1. Se deroga.

  2. Bis. Coordinar la formulación de la Política Nacional de Evaluación de la Educación con la intervención de las Unidades del Instituto, en los términos que establece el...

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