Acuerdo por el que se reorganiza el despliegue jurisdiccional y el establecimiento de sedes de mandos en las Regiones y Zonas Navales

EmisorSecretaría de Marina

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 6, fracción V, 15, 15 bis y 16 de la Ley Orgánica de la Armada de México, así como 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que la organización y el despliegue de los mandos navales deben responder al principio básico de centralización de mando y descentralización en la ejecución, para una mayor eficiencia en la planeación y conducción de las operaciones y un mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales disponibles para atender con eficacia la problemática particular de las diversas zonas marinas mexicanas del país;

Que el despliegue jurisdiccional y el establecimiento de las sedes de los mandos navales deben ser coherentes con la división política del país para fortalecer las relaciones con los tres niveles de gobierno, así como la coordinación interinstitucional con las dependencias federales con representación en los estados costeros del país;

Que la categoría o jerarquía de los mandos navales deben corresponder a la importancia del puerto donde se encuentra establecido su Cuartel General del Alto Mando, en función de la capacidad e infraestructura portuaria, a su relevancia como polo de desarrollo o de las actividades que en él se desarrollan, así como al nivel o número de los establecimientos navales y unidades operativas adscritas;

Que el actual despliegue jurisdiccional y de sedes de mandos navales requiere un ajuste para fortalecer los niveles de coordinación con los gobiernos de los estados costeros, así como para un mejor empleo de los medios disponibles en función del incremento de capacidades y desarrollo tecnológico de la Armada de México, y

Que el titular del Ejecutivo Federal como Mando Supremo de las Fuerzas Armadas, tiene entre sus atribuciones la de preservar la seguridad nacional en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente, lo que implica el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación; así como la de autorizar la organización jurisdiccional de las Regiones y Zonas Navales; he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERD...

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