Acuerdos de la XIII Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal

EmisorSecretaría de Gobernación

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal. COCO/XIII/001/14.- En cumplimiento al mandato legal contenido en el artículo Décimo Primero Transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales, se instruye al Grupo de Trabajo en el ámbito local para atender y acelerar la implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en las Entidades Federativas, para que lleve a cabo las acciones necesarias en torno a la homologación de criterios metodológicos, técnicos y procedimentales de los Manuales de Procedimientos del personal administrativo del Nuevo Sistema de Justicia Penal.

ANTECEDENTES

  1. El 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115, y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad pública y justicia penal, mediante el cual se establecen las bases del nuevo Sistema de Justicia Penal en la República Mexicana.

  2. El artículo Noveno Transitorio del citado Decreto establece que se creará una instancia de coordinación integrada por representantes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, además del sector académico y la sociedad civil, así como de las Conferencias Nacionales de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y de Presidentes de Tribunales Superiores de Justicia, la cual contará con una Secretaría Técnica (SETEC) que coadyuvará y apoyará a las autoridades federales y a las locales, cuando estas últimas así lo soliciten.

  3. El 13 de octubre 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como una Instancia de Coordinación, el cual fue reformado mediante Decreto publicado el 29 de octubre de 2012. Asimismo, el 5 de agosto de 2009 se publicó el Acuerdo al que concurren los tres Poderes de la Unión para dar cumplimiento al mandato constitucional para instalar la instancia de coordinación prevista en el artículo Noveno Transitorio del Decreto de reforma constitucional publicado el 18 de junio de 2008.

  4. El 5 de marzo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales, en cuyo artículo Décimo Primero Transitorio se estableció lo siguiente: "A la entrada en vigor del presente Código, en aquellos lugares donde se inicie la operación del proceso penal acusatorio, tanto en el ámbito federal como en el estatal, se deberá contar con el equipamiento necesario y con protocolos de investigación y de actuación del personal sustantivo y los manuales de procedimientos para el personal administrativo, pudiendo preverse la homologación de criterios metodológicos, técnicos y procedimentales, para lo cual podrán coordinarse los órganos y demás autoridades involucradas".

  5. En la XII Sesión Ordinaria celebrada el 14 de julio de 2014, el Consejo de Coordinación emitió el Acuerdo COCO/XII/006/14, por el que queda sin efecto el acuerdo COCO/006/X/13 y se aprueba la creación de un Grupo de Trabajo en el ámbito local para atender y acelerar la implementación de Sistema de Justicia Penal Acusatorio en las Entidades Federativas.

  6. El 29 de septiembre de 2014, en cumplimiento al Acuerdo COCO/XII/006/14 se instaló el Grupo de Trabajo en el ámbito local para atender y acelerar la implementación de Sistema de Justicia Penal Acusatorio en las Entidades Federativas, conformado por las siguientes instituciones: Conferencia Nacional de Gobernadores, Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de la República Mexicana, Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Asociación Nacional de Defensorías Públicas Estatales, Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Confederación de Diputados de la República A.C y SETEC.

  7. El artículo 8o. del Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación, en sus fracciones I y II, y, el artículo 7 también en sus fracciones I y III de las "Reglas para el funcionamiento del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal", disponen que el Consejo de Coordinación, con el propósito de hacer operable y a fin de lograr la Implementación del Sistema de Justicia Penal, tiene la atribución de emitir acuerdos, lineamientos, normas, procedimientos y demás instrumentos normativos necesarios para el debido cumplimiento de su objeto, vinculatorios para sus integrantes, así como elaborar las políticas, programas y mecanismos necesarios para instrumentar, en los tres órdenes de gobierno una estrategia nacional para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, que contemple la programación de compromisos y etapas de desarrollo.

    CONSIDERANDO

  8. Que el Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo décimo primero transitorio en el que establece que en aquellos lugares donde se inicie la operación del proceso penal acusatorio, se deberá contar con los manuales de procedimientos para el personal administrativo, pudiendo preverse la homologación de criterios metodológicos, técnicos y procedimentales, para lo cual podrán coordinarse los órganos y demás autoridades involucradas.

  9. Que a la fecha el avance de la implementación del Sistema de Justicia Penal en las entidades federativas es el siguiente:

    Etapa
    Número de
    entidades
    Entidades federativas
    En operación total.
    4
    Chihuahua, Morelos, Estado de México y Yucatán
    En operación parcial.1
    21
    Oaxaca, Zacatecas, Baja California, Guanajuato, Nuevo León, Chiapas, Durango, Tabasco, Puebla, Veracruz, Coahuila, Tamaulipas, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Guerrero, Jalisco, Sinaloa y Aguascalientes, Campeche e Hidalgo.
    Entrarán en operación
    parcial de manera
    formal en diciembre de
    2014.
    3
    Nayarit, Colima, y Tlaxcala.
    Entrarán en operación
    parcial en 2015.
    3
    Distrito Federal, Michoacán y Baja California Sur.
    Entrará en operación
    parcial en 2016.
    1
    Sonora

    1 En Durango, Oaxaca, Guanajuato, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Tamaulipas, Coahuila, Guerrero, San Luis Potosí, Jalisco, Tabasco, Sinaloa, Aguascalientes, Campeche, Hidalgo y Veracruz, el Código Nacional de Procedimientos Penales se encuentra vigente.

  10. Que el Grupo de Trabajo en el ámbito local para atender y acelerar la implementación de Sistema de Justicia Penal Acusatorio en las Entidades Federativas, es una instancia de coordinación operativa que tiene por objeto atender y acelerar la implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en las entidades federativas.

  11. Que el Manual de Procedimiento para el Personal Administrativo, es un instrumento normativo de carácter técnico-administrativo, que deberá servir para identificar y reflejar de manera formal, los aspectos organizativos y funcionales de los órganos y autoridades involucradas en la operación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, con el propósito de establecer los objetivos y funciones de cada una de las

    áreas que la integran, que reflejen la organización interna y delimiten las responsabilidades de los puestos que conformen su estructura organizacional, de acuerdo al perfil de operadores establecido por el Código Nacional de Procedimientos Penales.

  12. Que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto de Creación del Consejo de Coordinación, publicado el 13 de octubre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, se define a éste como una instancia de coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, que tiene por objeto establecer la política y la coordinación nacionales necesarias para implementar, en los tres órdenes de gobierno, el Sistema de Justicia Penal en los términos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  13. Que en virtud de que el Código Nacional de Procedimientos Penales en el artículo 1° establece que sus disposiciones son de orden público y de observancia general en toda la República Mexicana, se hace necesaria la adecuación normativa y operativa de los Manuales de Procedimientos para el Personal Administrativo de la entidades federativas del Sistema de Justicia Penal.

  14. Que el objeto de este acuerdo es instruir al Grupo de Trabajo en el Ámbito Local a efecto de que realice las acciones necesarias para homologar los criterios metodológicos, técnicos y procedimentales de los Manuales de Procedimientos del Personal Administrativo del Nuevo Sistema de Justicia Penal en las entidades federativas.

  15. Que para el cumplimiento del objeto del presente acuerdo, el Grupo de Trabajo en el Ámbito Local deberá recopilar, analizar y sistematizar los Manuales de Procedimientos para el Personal Administrativo que actualmente existen en las entidades federativas, a efecto de crear un modelo que homologue los criterios metodológicos, técnicos y procedimentales.

  16. Que el Grupo de Trabajo en el Ámbito Local podrá llevar a cabo la coordinación de los órganos y demás autoridades involucradas para el cumplimiento del objeto del presente acuerdo.

    Que en razón de los antecedentes y considerandos expresados y con fundamento en el artículo 8, fracciones I, II y V, y 13, fracciones I, II, III, VII y XXVI, del Decreto por el que se crea el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR