Sentencia pronunciada en el expediente número 175/96 y su acumulado 177/96, relativos al reconocimiento y titulación de bienes comunales, promovidos por campesinos del poblado San Juan Tepeuxila, municipio del mismo nombre, Distrito de Cuicatlán, Oax

DOF, 26 de Abril de 2005Organismos Autonomos › Tribunal Unitario Agrario

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Sentencia pronunciada en el expediente número 175/96 y su acumulado 177/96, relativos al reconocimiento y titulación de bienes comunales, promovidos por campesinos del poblado San Juan Tepeuxila, municipio del mismo nombre, Distrito de Cuicatlán, Oax

SENTENCIA pronunciada en el expediente número 175/96 y su acumulado 177/96, relativos al reconocimiento y titulación de bienes comunales, promovidos por campesinos del poblado San Juan Tepeuxila, municipio del mismo nombre, Distrito de Cuicatlán, Oax.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Unitario Agrario.- Secretaría de Acuerdos.- 21 Distrito.- Oaxaca de Juárez, Oax.

Vistos para resolver en definitiva los autos del expediente número 175/96 y su acumulado número 177/96 del índice de este Tribunal, relativo al reconocimiento y titulación de bienes comunales en la vía de conflicto por límites entre los poblados de San Juan Tepeuxila y San Francisco Tutepetongo, ambos del Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Superior Agrario al resolver el recurso de revisión 227/99-21, y

RESULTANDO:

I.- Por lo que se refiere al expediente 175/96 relativo al procedimiento de reconocimiento y titulación de bienes comunales promovido por San Juan Tepeuxila . Por resolución de cinco de julio de mil novecientos noventa y seis, emitida por el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 21, se confirmó como bien comunal al poblado de referencia la superficie de 6,032-14-98.31 (seis mil treinta y dos hectáreas, catorce áreas, noventa y ocho centiáreas, treinta y un miliáreas).

Contra la resolución mencionada, San Francisco Tutepetongo promovió juicio de garantías, del que conoció el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Oaxaca, en donde fue radicado bajo el número 117/92; concediendo el amparo y protección de la Justicia de la Unión al poblado quejoso, para efecto de que el Tribunal Unitario responsable, siguiendo los lineamientos de la presente ejecutoria, deje insubsistente la sentencia reclamada y suspenda el procedimiento de titulación y reconocimiento número 175/96, hasta en tanto se resuelva el diverso procedimiento 177/96, relativo al conflicto de límite entre el poblado de San Juan Tepeuxila con la comunidad ahora quejosa.

Inconformes con este fallo, la autoridad responsable (fojas 1313 a 1317 tomo III), la comunidad de San Juan Tepeuxila, tercera perjudicada (fojas 1304 y 1305 tomo III) y el Cuerpo Consultivo Agrario (fojas 1319 a 1326 tomo III) residente en México, Distrito Federal, interpusieron recurso de revisión del que le tocó conocer al Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, quien mediante ejecutoria del veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y siete, dictada en el Toca en Revisión 466/97 (fojas 1395 a 1421) concedió el Amparo y Protección de la Justicia Federal al poblado quejoso en los siguientes términos: Por tanto, procede modificar esta parte de la sentencia sujeta a revisión, para que la protección de la justicia federal solicitada por el poblado quejoso de San Francisco Tutepetongo tenga como efecto dejar insubsistente la resolución reclamada, debiéndose suspender el procedimiento de confirmación y titulación de bienes comunales del poblado de San Juan Tepeuxila número 175/96, a fin de que, en su momento, sea resuelto conjuntamente con el expediente por conflicto por límites 177/96 entre las comunidades quejosa y tercera perjudicada, y en la inteligencia de que la responsable para ello deberá tomar en consideración las pruebas existentes en ambos procedimientos; protección que se hace extensiva al acto de ejecución reclamado al actuario adscrito al Tribunal Unitario Agrario del Distrito 21 (llevador del expediente 176/96) . En cumplimiento a la ejecutoria los procedimientos se siguieron integrando por el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 21.

II. Por lo que hace a San Francisco Tutepetongo, por Resolución Presidencial del cuatro de octubre de mil novecientos setenta y seis, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el veintisiete de agosto de mil novecientos setenta y siete (fojas 238 a 240 tomo I) se le reconoció y tituló una superficie de 1,455-60-00 (mil cuatrocientas cincuenta y cinco hectáreas, sesenta centiáreas).

JUICIO DE INCONFORMIDAD.- En contra de la Resolución Presidencial referida, San Juan Tepeuxila, municipio de su mismo nombre, Estado de Oaxaca, presentó su inconformidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, radicándose dicho juicio con el número de Toca 2/78, en el que con fecha treinta de enero de mil novecientos ochenta y cuatro se dictó sentencia, que revocó la Resolución Presidencial de mérito, sólo en la parte que formalmente resuelve el conflicto por límites entre l...

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