Acuerdo por el que se da a conocer el cupo mínimo para internar durante el año 2007, a la República de Colombia, vehículos automotores nuevos, originarios y provenientes de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la Decisión 42 de la Comisión Administradora del Tratado, suscrita entre la República de Colombia, la República Bolivariana de ...

Fecha de disposición28 Noviembre 2006
Fecha de publicación28 Noviembre 2006
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se da a conocer el cupo mínimo para internar durante el año 2007, a la República de Colombia, vehículos automotores nuevos, originarios y provenientes de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la Decisión 42 de la Comisión Administradora del Tratado, suscrita entre la República de Colombia, la República Bolivariana de Venezuela y los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

SERGIO ALEJANDRO GARCIA DE ALBA ZEPEDA, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 4-03.2, inciso a), párrafo iii del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela y la Decisión 42 de la Comisión Administradora del Tratado; 34 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracción V, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9o. fracción V, y 26 al 36 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela (el Tratado) fue aprobado por el Senado de la República el 13 de junio de 1994 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995;

Que el Comité Automotor del Tratado negoció la incorporación del sector automotor en el marco del Tratado, lo cual fue ratificado por las partes a través de la firma de la Decisión 42 de la Comisión Administradora el 21 de febrero de 2005;

Que la Decisión mencionada fue aprobada por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el 6 de octubre de 2005, según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre del propio año;

Que el Decreto Promulgatorio de la Decisión 42 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio celebrado entre la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República Bolivariana de Venezuela, firmada el 21 de febrero de dos mil cinco, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 2006;

Que es una estrategia prioritaria del Gobierno Federal fortalecer los mecanismos regionales de diálogo político y de integración económica, así como establecer los mecanismos adecuados para la administración de los acuerdos comerciales internacionales suscritos por los...

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