Acuerdo por el que se da a conocer el cupo mínimo para internar durante el año 2007, a la República de Colombia, vehículos automotores nuevos, originarios y provenientes de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la Decisión 42 de la Comisión Administradora del Tratado, suscrita entre la República de Colombia, la República Bolivariana de ...
Fecha de disposición | 28 Noviembre 2006 |
Fecha de publicación | 28 Noviembre 2006 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se da a conocer el cupo mínimo para internar durante el año 2007, a la República de Colombia, vehículos automotores nuevos, originarios y provenientes de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la Decisión 42 de la Comisión Administradora del Tratado, suscrita entre la República de Colombia, la República Bolivariana de Venezuela y los Estados Unidos Mexicanos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
SERGIO ALEJANDRO GARCIA DE ALBA ZEPEDA, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 4-03.2, inciso a), párrafo iii del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela y la Decisión 42 de la Comisión Administradora del Tratado; 34 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracción V, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9o. fracción V, y 26 al 36 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela (el Tratado) fue aprobado por el Senado de la República el 13 de junio de 1994 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995;
Que el Comité Automotor del Tratado negoció la incorporación del sector automotor en el marco del Tratado, lo cual fue ratificado por las partes a través de la firma de la Decisión 42 de la Comisión Administradora el 21 de febrero de 2005;
Que la Decisión mencionada fue aprobada por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el 6 de octubre de 2005, según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre del propio año;
Que el Decreto Promulgatorio de la Decisión 42 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio celebrado entre la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República Bolivariana de Venezuela, firmada el 21 de febrero de dos mil cinco, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 2006;
Que es una estrategia prioritaria del Gobierno Federal fortalecer los mecanismos regionales de diálogo político y de integración económica, así como establecer los mecanismos adecuados para la administración de los acuerdos comerciales internacionales suscritos por los...
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