Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 34-18-95 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido San José del Valle, Municipio de Bahía de Banderas, Nay.   

Fecha de disposición27 Julio 2007
Fecha de publicación27 Julio 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 34-18-95 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido San José del Valle, Municipio de Bahía de Banderas, Nay.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo, de la propia Constitución; 32, 37 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 93, fracciones II, V y VIII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; 5o., fracciones IV y VI, de la Ley General de Asentamientos Humanos; y 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que el crecimiento desordenado de las poblaciones ubicadas en el Municipio de Bahía de Banderas del Estado de Nayarit, ha provocado que sobre los terrenos del ejido denominado “SAN JOSÉ DEL VALLE, se hayan establecido asentamientos humanos irregulares, provocando inseguridad jurídica en la tenencia de la tierra de los ejidatarios y de los poseedores de las construcciones asentadas en dichos predios ejidales, además de que dificulta el acceso a los servicios públicos básicos para una subsistencia digna.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que por oficio número 1.0/176/05 de fecha 3 de mayo de 2005, la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 34-14-85 Has., de terrenos del ejido denominado SAN JOSÉ DEL VALLE, Municipio de Bahía de Banderas, Estado de Nayarit, para destinarse a su regularización y titulación legal mediante la venta de solares a los avecindados que los ocupan, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción V, y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 13151, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédula de notificación número 165513 de fecha 27 de febrero de 2006, recibida el 2 de marzo del mismo año, quienes expresaron su conformidad con el trámite expropiatorio.

Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 34-18-95 Has., de agostadero de uso común.

RESULTANDO TERCERO.- Que obra en el expediente respectivo Acta de Asamblea de Ejidatarios de fecha 2 de marzo de 2003, en la cual el núcleo agrario SAN JOSÉ DEL VALLE, Municipio de Bahía de Banderas, Estado de Nayarit, manifestó su anuencia con la presente expropiación a favor de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra.

RESULTANDO CUARTO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando segundo y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 18 de...

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