Oficio mediante el cual se autoriza a Alcanza Seguros, S.A. de C.V. para organizarse y funcionar como institución de seguros

Fecha de disposición29 Junio 2012
Fecha de publicación29 Junio 2012
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Ingresos.- 102-K-030.- 731.1/328601.

AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES DE SEGUROS.- Se otorga autorización para organizarse y funcionar con ese carácter a la que se indica.

ALCANZA SEGUROS, S.A. DE C.V.

Atención: C. Juan Enrique Murguía Pozzi.

Representante.

Esta Secretaría con oficio 366-II-212/12 del 15 de marzo de 2012, expresó su conformidad para que se organizara y constituyera una institución de seguros, con el fin de que se le autorice la práctica de la operación de seguros de vida, así como la operación de accidentes y enfermedades, en los ramos de accidentes personales y gastos médicos, bajo la denominación de Alcanza Seguros, S.A. de C.V., en los términos del proyecto de estatutos sociales que le fue exhibido a esta Dependencia y respecto del cual ésta manifestó su opinión favorable con oficio 366-II-212/12 citado.

Asimismo, mediante oficio 366-II-213/12, del 15 de marzo de 2012, se autorizó a los señores Agustín Irurita Pérez, Henry Robert Davis Signoret, José Ignacio Mariscal Torroella, Juan Enrique Murguía Pozzi, Alfred Herman Honsberg G. Colin y Sergio González Muñoz, para que participen los primeros cuatro con el 21.01% y los dos últimos con el 8%, en el capital pagado de Alcanza Seguros, S.A. de C.V.

En virtud de lo anterior, el C. Juan Enrique Murguía Pozzi, representante común de los accionistas de Alcanza Seguros, S.A., con escrito del 16 de abril de 2012 sometió a la consideración de esta Dependencia el primer testimonio notarial de la escritura número 55,132, otorgada el 27 de marzo de 2012, ante la fe del Lic. Emiliano Zubiria Maqueo, Notario Público No. 25, con ejercicio en México, Distrito Federal, que contiene la escritura constitutiva y los estatutos sociales de Alcanza Seguros, S.A. de C.V.

Toda vez que Alcanza Seguros, S.A. de C.V., reúne los requisitos legales y financieros, aplicables para que se le autorice a organizarse y funcionar como institución de seguros, después de haber escuchado la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, esta Secretaría, con fundamento en lo previsto por los artículo 31, fracciones VIII y XXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1o., 2o., 5o., 7o., fracciones I y II, incisos a) y b), 8o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR