Anexos 1 y 1A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada el 28 de diciembre de 2011 (Continúa en la Quinta Sección)
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Anexos 1 y 1A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada el 28 de diciembre de 2011 (Continúa en la Quinta Sección)
ANEXOS 1 y 1A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada el 28 de diciembre de 2011 (Continúa en la Quinta Sección) (Viene de la Tercera Sección) 5. Ley Federal del IVA C. Formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados. 1. Cédula de Identificación Fiscal. 2. Constancia de Registro en el RFC. 3. Logotipo Fiscal (máquina registradora de comprobación fiscal). 4. Catálogo de claves de instituciones de crédito para efecto de que sean señaladas en las solicitudes de devolución, y en su caso, en las declaraciones respectivas por parte de las personas físicas. 5. Información que adicionalmente se debe acompañar a la forma 45 y sus anexos.
· Especificar las ciudades, regiones o zonas geográficas, en las cuales el donante prohíba o limite a las donatarias la distribución de los bienes, cuando así lo estime necesario. · En caso de bienes perecederos o sujetos a caducidad, se deberá señalar la fecha de caducidad. · Cuando los bienes no estén sujetos a caducidad, de conformidad con las disposiciones sanitarias, así deberá indicarse. En este caso, el contribuyente deberá informar la fecha máxima en la que pueden ser consumidos. · Indicar las condiciones especiales que se requieran para la conservación del producto, en su caso. · En caso de que los productos ya no puedan ser consumidos de conformidad con las disposiciones sanitarias, se deberá manifestar tal situación. · El número telefónico, fax o correo electrónico al que podrán dirigirse las donatarias autorizadas para recibir los bienes. 6. Instructivo para la presentación de información en medios magnéticos. Características generalesCuando en las disposiciones fiscales se hiciera referencia a declaraciones, avisos o cualquier información que deba presentarse mediante medios magnéticos, se estará a lo siguiente: a) Información generada a través del Sistema de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos (D.I.M.M.) Los contribuyentes que tienen la obligación de presentar mediante medios magnéticos la siguiente información: operaciones con clientes y proveedores, forma 42; precio de enajenación al consumidor de cada unidad vendida en territorio nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 86, fracción VIII; 101, fracción V, VI segundo párrafo y 133, fracción VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y 17, primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, respectivamente, deberán utilizar únicamente el Sistema de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos (D.I.M.M.), observando lo siguiente: · El sistema D.I.M.M., deberá ser utilizado por los contribuyentes que estén obligados de conformidad con las disposiciones fiscales respectivas, o por aquellos que opten por presentar su información en medios magnéticos. · El sistema D.I.M.M., estará disponible en las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente, para lo cual deberán acudir al módulo de atención fiscal para obtener el programa relativo, y sus actualizaciones inherentes, presentando para ello once discos flexibles útiles de 3.5", de doble cara y alta densidad; así como en la dirección electrónica www.sat.gob.mx. · Los contribuyentes que cuenten con un sistema propio para la obtención de la información, podrán transferirla al sistema D.I.M.M., a través de la opción de Carga Batch. · El sistema D.I.M.M., genera el(los) disco(s) flexible(s), así como el escrito de presentación, mismos que el contribuyente deberá presentar en la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal. b) Información generada por los programas electrónicos proporcionados por el SAT, para su presentación en medios magnéticos. · Los programas deberán ser utilizados por los contribuyentes que estén obligados de conformidad con las disposiciones fiscales respectivas, así como por aquellos que opten por presentar su información en medios magnéticos. · Los programas estarán disponibles en la dirección electrónica del SAT www.sat.gob.mx o en las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente, para lo cual deberán acudir al módulo de atención fiscal para obtener el programa correspondiente. · Los contribuyentes que cuenten con un sistema propio para la obtención de la información, podrán transferir dichos programas a través de la opción de Carga Batch. · Los programas generarán el archivo correspondiente, el cual deberán presentar los contribuyentes en la Administración Local de Servicios al Contribuyente, mediante el(los) dispositivo(s) magnético(s) siguiente(s): Disco flexible de 3.5" de doble cara y alta densidad, Disco Compacto (CD) o Cinta de Almacenamiento de Datos (DAT). ...Ver el contenido completo de este documento
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