Decreto que modifica al diverso por el que se establece la Tasa aplicable para el 2007, del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras; así como la Tasa aplicable del 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Japón   

DOF, 20 de Junio de 2007Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia

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Decreto que modifica al diverso por el que se establece la Tasa aplicable para el 2007, del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras; así como la Tasa aplicable del 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Japón   

DECRETO que modifica al diverso por el que se establece la Tasa aplicable para el 2007, del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras; así como la Tasa aplicable del 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Japón.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o.,...

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