Aviso REF:182724

••AFORE AZTECA, S ••AFORE AZTECA, S.A. DE C.V.

ESTRUCTURA DE COMISIONES DE AFORE AZTECA, S.A. DE C.V.

Mediante oficio D00/1000/478/2003 de fecha 1 de agosto de 2003, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro autorizó la nueva estructura de comisiones de Afore Azteca, S.A. de C.V., misma que se apega a lo dispuesto por los artículos 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y 25 y 27 de su Reglamento, así como a lo dispuesto por la Circular CONSAR 04-5 que contiene las reglas generales que establecen el régimen de comisiones al que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro.

De conformidad con lo dispuesto en la regla décima octava de la Circular CONSAR 04-5, y el oficio de autorización antes referido, a continuación se publica, en tiempo y forma, la nueva estructura que contiene las comisiones que Afore Azteca, S.A. de C.V., cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual.

Comisiones por administración de la cuenta individual
Comisión sobre flujo 1.10% del salario base de cálculo.1
Comisión sobre saldo 0.15% anual sobre el saldo promedio en la cuenta.
Comisión por otros servicios
1.- Por expedición de estados de cuenta adicionales a los previstos en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro: 3 UDI's.
2.- Por depósitos y retiros de la subcuenta de ahorro voluntario: No hay comisión.
3.- Por pago de retiros programados: No hay comisión.
4.- Por consultas adicionales a las previstas en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y su Reglamento: No hay comisión.
5.- Por reposición de documentación de la cuenta individual: 3 UDI's.
Comisiones variables
No aplica.
Comisiones sobre saldo acumulado de cuentas individuales inactivas
Misma comisión sobre saldo que aplica a las cuentas activas.
Descuentos por permanencia
A partir del primer aniversario de permanencia del trabajador en Afore Azteca, S.A. de C.V., la comisión sobre flujo se reducirá 0.02 puntos porcentuales anualmente, hasta el año 26. La permanencia se cuenta a partir del día en que el trabajador quede efectivamente registrado en Afore Azteca, S.A. de C.V. Tratándose de trabajadores cuyo registro sea anterior a la fecha de entrada en vigor de la presente estructura de comisiones, su permanencia también se cuenta a partir del día en que quedaron efectivamente registrados en Afore Azteca, S.A. de C.V.
1 Salario base de cálculo: es el monto que se obtiene de dividir entre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR