Aviso REF:211546

Estados Unidos Mexicanos Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Servicio de Administración Tributaria

Administración Local de Auditoría Fiscal de Querétaro

con sede en Querétaro, en el Estado de Querétaro

EDICTO

  1. María del Carmen González de Cosio y Septien.

Esta Administración Local de Auditoría Fiscal de Querétaro, con sede en Querétaro en el Estado de Querétaro, en ejercicio de sus facultades, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7 fracciones VII, XII y XVIII de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; artículo 25 primer párrafo fracciones I y II, en relación con el artículo 23 fracción VIII y XII; y 39 primer párrafo apartado A del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, ordenamientos vigentes y demás relativos y aplicables, acordó con fecha 13 de abril de 2005 la notificación por edictos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 fracción IV y 140 del Código Fiscal de la Federación vigente, del documento consistente en la orden de embargo precautorio, contenida en el oficio 324-SAT-22-5-A-3186 de fecha 8 de abril de 2005, con fundamento en el artículo 145 fracción I del Código Fiscal de la Federación vigente, a la contribuyente María del Carmen González de Cosio y Septien, en virtud de que esta autoridad no ha podido notificar el inicio de la orden de visita domiciliaria número RIF0400002/05 contenida en el oficio 324-SAT-22-1-A-1322 del 10 de febrero de 2005 girada por el Administrador Local de Auditoría Fiscal de Querétaro, Lic. Rafael Ruiz Cordero, por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2003, al ignorarse el nuevo domicilio ya que al constituirse los visitadores autorizados en el domicilio fiscal de la contribuyente, ubicado en domicilio conocido sin número, Guadalupe Septien, Pedro Escobedo, Querétaro, se percataron y se les informó que en ese domicilio no se localiza a la persona buscada, ya que hace 7 años vendió el inmueble, lo que se asentó en la constancia de hechos de fecha 10 de febrero de 2005, situación que fue corroborada, con fecha 8 de abril de 2005, por notificadores-ejecutores autorizados en el oficio de embargo precautorio que se constituyeron en el domicilio fiscal referido, por lo cual se levantó constancia de hechos de fecha 8 de abril de 2005, a folios del 01 al 03, por los notificadores-ejecutores, aunado al hecho de que mediante oficio 324-SAT-22-2-2381 de fecha 3 de marzo de 2005, dirigido al Director...

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