Aviso REF:272595

Pemex Exploración y Producción

Subdirección de la Coordinación de Servicios Marinos

Gerencia de Administración y Finanzas

Subgerente de Recursos Materiales

EDICTO

COMUNICACION DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO NUMERO 428216086 A LA EMPRESA COMPAÑIA MEXICANA DE INGENIERIA, S.A. DE C.V.

Con fundamento en los artículos 11 y 54, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 35 fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y, cláusula décima octava del contrato número 428216086, se comunica lo siguiente:

Inicio del Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato número 428216086 referente al "Suministro, instalación, puesta en operación y capacitación de sistemas hidroneumáticos para áreas habitacionales en plataformas y suministro de reductores volumétricos de desperdicio"; que Pemex-Exploración y Producción tiene celebrado con la empresa COMPAÑIA MEXICANA DE INGENIERIA, S.A. DE C.V., por el incumplimiento siguiente.

Toda vez que, el Proveedor Compañía Mexicana de Ingeniería, S.A. de C.V., a la fecha de elaboración del presente documento no ha dado cumplimiento a las obligaciones contractuales contenidas en las cláusulas primera y tercera del contrato número 428216086, consistente en la entrega de los bienes objeto del acuerdo de voluntades referido, en un plazo de sesenta (60) días naturales, para el suministro de los equipos (posiciones 2 y 5 del contrato número 428216086 correspondiente a la partida 4 de la Requisición 2000002543 y partida número 10 de la Requisición 2000002605), y la prestación de los servicios relativos a la instalación, puesta en operación y capacitación, en un plazo de ochenta (80) días naturales (posiciones números 3 y 6 del contrato número 428216086 correspondientes a la partida 5 de la Requisición 2000002605), contados a partir de la fecha de firma del contrato número 428216086.

De igual manera, el proveedor, con motivo de los incumplimientos descritos en el párrafo que antecede,se hace acreedor a penas convencionales, cuyo importe acumulado a la fecha, agota el monto límite de aplicación de penas convencionales.

En esta tesitura, todo lo anterior tiene como consecuencia, que el Proveedor Compañía Mexicana de Ingeniería, S.A. de C.V., se ubique en las causales de Rescisión Administrativa marcadas con los números 2 y 5 de la cláusula décima séptima del contrato número 428216086, que textualmente establecen lo...

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