Aviso REF:327934

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Aviso REF:327934

Servicio de Administración Tributaria

Administración General de Recursos y Servicios

CONVOCATORIA PUBLICA PARA OBTENER TITULO DE AUTORIZACION

A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 16 DE LA LEY ADUANERA

No. SAT-AGRS-006/2011

Con fundamento en los artículos 16 de la Ley Aduanera; 1o., 8, fracción III, y 3o. transitorio de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, 2o., apartado B, fracción VII, inciso h, 28 fracción XLVII y 29 apartado I, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria en vigor, el Servicio de Administración Tributaria "EL SAT", Organo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha decidido otorgar una autorización por un periodo de seis años para proporcionar los "SERVICIOS DE REVISION NO INTRUSIVA PARA FACILITAR EL RECONOCIMIENTO ADUANERO DE MERCANCIAS" en adelante "EL SERVICIO", por lo cual convoca a las personas morales nacionales y extranjeras interesadas en obtener esta autorización, a participar en el procedimiento de autorización, que se desarrollará conforme a los siguientes: I. ANTECEDENTES En 1994 se publicó una adición a la Ley Aduanera, relacionada con el concepto del "Segundo Reconocimiento", servicios prestados por terceros autorizados con la finalidad de proporcionar un control de calidad al primer reconocimiento practicado por las autoridades aduaneras. En una primera etapa el segundo reconocimiento tuvo como objetivo proporcionar un control de calidad al primer reconocimiento practicado por las autoridades aduaneras, con el transcurso del tiempo, la evolución y el fortalecimiento de los procesos aduaneros, el segundo reconocimiento se consolidó como un verdadero complemento de las funciones de control de la entrada y salida de mercancías del territorio nacional. Actualmente, dada la importancia estratégica de las actividades de control del comercio exterior, tanto para la seguridad nacional como para la economía mexicana, y considerando las posibilidades que el desarrollo tecnológico actual brinda, "EL SAT" requiere ampliar la estrategia de revisión en las aduanas mediante la implementación de nuevos esquemas que refuercen la seguridad en los puntos de entrada y salida del territorio nacional, y al mismo tiempo se atiendan las demandas de facilitación y simplificación que las empresas mexicanas requieren para incrementar sus índices de competitividad en el comercio exterior. La Organización Mundial de Aduanas (OMA), de la cual, México es parte, reconoce que el comercio mundial es uno de los motores esenciales de la prosperidad económica, por lo que, las administraciones de aduanas deben implementar estrategias que refuercen la seguridad de la cadena logística internacional y contribuyan al desarrollo socio-económico de los países facilitando el intercambio de mercancías y simplificando trámites aduaneros. El marco normativo de referencia de la OMA tiene como objetivos principales: Establecer normas que aseguren la facilitación y la seguridad de la cadena logística a nivel mundial, promoviendo certidumbre y previsibilidad en las operaciones. Reforzar el rol, las funciones y las capacidades de la aduana para enfrentar sus desafíos. Reforzar la cooperación aduana-aduana-empresa. Promover la circulación ininterrumpida de mercancías lícitas a lo largo de cadenas logísticas seguras. Como uno de los elementos clave para lograr esos objetivos, la propia OMA recomienda la inspección de carga con equipo no intrusivo de gran capacidad para facilitar el tráfico de mercancías. En cumplimiento a los mandatos legales, y de alineación de esfuerzos a las recomendaciones de las organizaciones internacionales especialistas en la materia, "EL SAT" tiene la necesidad de implementar esquemas de facilitación, con los cuales contribuya a que los movimientos de comercio exterior lícitos se realicen de manera más eficiente y por otro lado requiere contar con estrategias de revisión aduanal, tanto en medios de transporte de carga y de vehículos ligeros, que a su vez colaboren con la seguridad nacional. Para ello, resulta...

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