Aviso REF:322176

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO JUAN SEBERINO CRUZ MENDEZ Y/O JUAN SEVERINO CRUZ MENDEZ.

TERCERO PERJUDICADO.

En el juicio de amparo directo 684/2010, promovido por Angel Cristian Martínez Wamstorf, por propio derecho, consta esencialmente que la parte quejosa solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, señaló como autoridades responsables al Juez Segundo del Ramo Penal para la Atención de Delitos No Graves del Distrito Judicial de San Cristóbal, con sede en esa ciudad, y se tuvo como tercero perjudicado a Juan Seberino Cruz Méndez y/o Juan Severino Cruz Méndez, éste último de quien se ignora su domicilio y paradero; el acto reclamado es la sentencia definitiva de treinta y uno de mayo de dos mil diez, dictada en el expediente 46/2010, en la que el Juez lo consideró penalmente responsable, de la comisión del delito de lesiones culposos (ocasionados con motivo al tránsito de vehículos), cometido en agravio de Juan Seberino Cruz Méndez y/o Juan Severino Cruz Méndez; señaló como preceptos constitucionales violados los artículos 14, 16 y 19 de nuestra Carta Magna. Argumentando como conceptos de violación, en síntesis que: los medios de convicción existentes en autos producen insuficiencia probatoria para acreditar los elementos del delito y la plena responsabilidad que se le atribuye por el delito de lesiones culposas ocasionadas con motivo al tránsito de vehículos, cometido en agravio de Juan Seberino Cruz Méndez y/o Juan Severino Cruz Méndez, asimismo, la resolución emitida por la autoridad responsable infringe las garantías constitucionales y los diversos dispositivos del Código Penal para el Estado de Chiapas. Ahora bien, en relación con la reparación del daño, no están justificadas, pues de las constancias de autos se advierte que no existen pruebas con las que se acredite el monto de los daños a reparar. Por tanto, de conformidad con el artículo 30, fracción II, de...

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