Aviso REF:336714

Fecha de disposición11 Noviembre 2011
Fecha de publicación11 Noviembre 2011
MateriaDerecho Procesal
SecciónAvisos Judiciales y Generales

FIDEICOMISO QUE ADMINISTRA EL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO

DE SOCIEDADES Y DE APOYO A SUS AHORRADORES

(FIDEICOMISO PAGO)

PROCEDIMIENTO DE PAGO A AHORRADORES DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley que creó el Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, así como a los Decretos del 29 de diciembre de 2000, 30 de diciembre de 2002, 28 de enero y 29 de junio de 2004, 27 de mayo de 2005, 31 de agosto de 2007 y 13 de agosto de 2009, publicados en el Diario Oficial de la Federación en el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de esa Ley, el Comité Técnico del Fideicomiso PAGO en su 40ª Sesión aprobó el Convenio de Coordinación que da origen al Procedimiento de Pago que se deberá aplicar en beneficio de las personas plenamente identificadas como Ahorradores en el Estado de Oaxaca, conforme a lo siguiente: OBJETIVO: El Gobierno del Estado de Oaxaca y el Gobierno Federal, por conducto de Nacional Financiera, S.N.C., como fiduciaria del Fideicomiso PAGO, en un esfuerzo conjunto, ofrecen un apoyo y alternativa de pago a los Ahorradores del Estado de Oaxaca que se vieron afectados en su economía por la quiebra e insolvencia de las Sociedades: i) Caja Popular Casandoo, S.A. de C.V.; ii) Cooperativa Cristiana de Ahorro y Préstamo, Inversión y Crédito, un Nuevo Milenio de Santiago Juxtlahuaca, S.C. de R.L. de C.V., iii) Sacriputla, S.C. de R.L. y iv) Financiera Coofia, S.C. de R.L., en lo sucesivo La(s) Sociedad(es). Dentro del marco de simplificación administrativa y de transparencia de la gestión pública, se ha consideradoque el Procedimiento de Pago a los Ahorradores sea sencillo, ágil y apegado a los términos establecidos por la Ley y que de forma especial, su contenido cumpla con los objetivos de veracidad y oportunidad en cuanto a los trámites a realizar por los Ahorradores. En ese contexto, se han convenido los mecanismos de coordinación de acciones entre el Gobierno del Estado de Oaxaca y el Fideicomiso PAGO, con el propósito de prestar un servicio profesional a los Ahorradores de "Las Sociedades", para garantizar una cobertura estatal eficiente a través del establecimiento y operación de los Centros de Atención a Ahorradores (CEATS) en el Estado de Oaxaca. MECANICA DE PAGO: PRIMERO.- Invariablemente, se deberán cumplir las Bases Generales contenidas en el artículo 8 de la Ley. Al respecto, el Procedimiento de Pago se aplicará durante el transcurso de 60 días naturales a partirde la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación y en dos Diarios de mayor circulación local en la Entidad Federativa. SEGUNDO.- Se pagará sólo a aquellos Ahorradores que se encuentren plenamente reconocidos dentro de las Bases de Datos que se obtengan de los trabajos de auditoría contable dictaminadas y certificadas por la Entidad Federativa en los términos del Artículo 11 de la Ley, cuyo saldo neto de ahorro sea igual o menor a $239,900.00 (doscientos treinta y nueve mil novecientos pesos 00/100 M.N.). TERCERO.- Se considera como saldo neto de ahorro para el pago, la cantidad que resulte del monto que conste en los Títulos de Crédito o documentos comprobatorios de los depósitos realizados por el Ahorrador, menos los créditos que se le hayan otorgado y no haya cubierto. Para determinar este saldo, no se computarán intereses ni a favor ni en contra. CUARTO.- De acuerdo con la Ley se pagará únicamente el 70% del saldo neto de ahorro que se obtenga. QUINTO.- En caso de que el saldo neto de ahorro supere la cantidad de $239,900.00 (doscientos treinta y nueve mil novecientos pesos 00/100 M.N.), el Ahorrador podrá solicitar apoyo del Fideicomiso PAGO, recibiendo el 70% de la cantidad antes mencionada, equivalente a $167,930.00 (ciento sesenta y siete mil novecientos treinta pesos 00/100 M.N.), siempre y cuando acepte ceder para su afectación al Fideicomiso PAGO el 100% de sus derechos de crédito y en su caso los litigiosos, aunque éstos sean superiores al saldo neto de ahorro determinado. SEXTO.- En caso de que el Ahorrador hubiese otorgado garantías a alguna de Las Sociedades, deberá acudir ante el responsable de la disolución o liquidación según corresponda, para efectuar el pago de su adeudo, obtener la liberación de sus garantías y el Certificado de no Adeudo. Este Certificado será reconocido por el Fideicomiso PAGO para disminuir el saldo de préstamos a cargo, en la misma proporción del pago realizado que ampare el Certificado de No Adeudo. SEPTIMO.- Dentro de los sesenta días naturales a partir del día de la publicación del presente Procedimiento de Pago en el Diario Oficial de la Federación y en dos Diarios de mayor circulación local en la Entidad Federativa, los Ahorradores deberán acudir al Centro de Atención que les corresponda, dentro del horario que se indica a continuación e iniciar el trámite de pago. El horario de servicio en los Centros de Atención para recepción de documentación y orientación a los Ahorradores de Las Sociedades es de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, en días hábiles, en los siguientes domicilios:

Municipios Centro de Atención Responsable Domicilio
1 Calihualá, Oaxaca de Juárez, San Agustín de las Juntas, San Agustín Yatareni, San Andrés Ixtlahuaca, San Antonio Huitepec, San Jerónimo Tecoátl, San Juan Bautista Cuicatlán, San Juan Bautista Tuxtepec, San Lorenzo Victoria, San Martín Lachilá, San Miguel Mixtepec, San Nicolás, Yaxe, Santa Catarina Yosonotú, Santa María Peñoles, Santiago Apóstol, Santiago Jamiltepec, Santiago Tlazoyaltepec, Santo Tomás Mazaltepec, San Lorenzo Cacaotepec, San Pablo Huixtepec, Soledad Etla, Trinidad Zaachila, Villa Tejupam de la
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