Aviso REF:361106

Fecha de disposición15 Enero 2013
Fecha de publicación15 Enero 2013
SecciónAvisos Judiciales y Generales
MateriaDerecho Procesal

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz,

con residencia en Córdoba

Actuaciones

EDICTO

TERCERO PERJUDICADO

EUGENIO JULIAN TRINCADO LLAGUNO, POR PROPIO DERECHO Y EN REPRESENTACION DE MARIA DE JESUS LLAGUNO ARECHEDERRA.

En los autos

del presente juicio de amparo número 537/2012, promovido por LEOPOLDO MORGADO DEL MORAL, contra actos del JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA, CON RESIDENCIA EN ORIZABA, VERACRUZ Y OTRA AUTORIDAD, cuyo acto reclamado se hace consistir en:

"E). ACTO RECLAMADO, se reclama del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Orizaba, Veracruz, el auto de fecha ocho de junio de dos mil doce, EL CUAL BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD TUVE CONOCIMIENTO HASTA EL DIA 12 DE JUNIO DE 2012; y el C. Actuario Notificador la ilegal notificación de dicho auto, precisamente el día doce de junio de dos mil doce, dentro de los autos del expediente 542/2003-I del propio índice de la autoridad responsable:

AUTO.- Orizaba, Veracruz a ocho de Junio del año dos mil doce. VISTO el escrito con que me da cuenta la Secretaría de Acuerdos de este Juzgado, agréguese a sus autos para que surta sus efectos legales conducentes, y proveyendo lo propio, se tiene por exhibida la documentación que cita la promovente, y hágase saber personalmente a Ricardo Jiménez Martínez que la promovente Señora Leydi Aurora Salazar Sánchez representante legal de la menor María José Arrojo Salazar, es la nueva Titular del Edificio denominado "El Conejo" ubicado en la Avenida Poniente siete, números ciento veinticuatro, ciento treinta y seis y ciento cuarenta, de esta Ciudad de Orizaba, Veracruz, para los efectos legales procedentes. Notifíquese por Lista de Acuerdos y personalmente al C. Ricardo Jiménez Martínez. ASI lo proveyó y firma el Ciudadano Licenciado RAUL JUAREZ BARCENAS, Juez del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de este Distrito Judicial, por ante la Ciudadana Licenciada MARIA TERESA DE JESUS VIVANCO CID Secretaria de Acuerdos con quien actúa.- DOY FE."

En virtud de ignorarse el domicilio del referido tercero perjudicado, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en vista de lo prevenido, por el numeral 2º de la Ley de Amparo, se ordenó emplazarlo por este medio al tercero perjudicado, se le hace saber que puede apersonarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, y que está a...

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