Aviso REF:370052
Fecha de disposición | 01 Julio 2013 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2013 |
Sección | Avisos Judiciales y Generales |
Materia | Derecho Procesal |
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia Jurídica
Dirección General de Autorizaciones Especializadas
Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas Populares
Dirección General de Supervisión de Sociedades Financieras Populares
Oficio 311-12200/2013 y 123-727/2013
CNBV.311.311.26 (5550) "2013-06-04"
Asunto: Se modifica el oficio de autorización para la organización y funcionamiento de Financiera Popular Finsol, S.A. de C.V. S.F.P.
FINE Servicios, S.C.
Calle Chabacano No. 102
Col. Los Olivos
C.P. 76903, Querétaro, Qro.
Financiera Popular Finsol, S.A. de C.V. S.F.P.
Boulevard Manuel Avila Camacho No. 170, piso 9
Colonia Reforma Social, Deleg. Miguel Hidalgo
C.P. 11650, México, D.F.
At'n.: Alexis Villanueva Ruíz
Gerente General de Fine Servicios, S.C.
Luis López Panadero
Representante legal
Con fundamento en el artículo 9, penúltimo párrafo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y con motivo de la reforma a la cláusula primera de los estatutos sociales de Financiera Popular Finsol, S.A. de C.V. S.F.P., acordada en su asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 18 de diciembre de 2012, esta Comisión tiene a bien modificar la autorización para organizarse y funcionar como sociedad financiera popular que le fue otorgada mediante oficio 311-517807/2006 y 134-531932/2006 de fecha 2 de agosto de 2006, para quedar como sigue:
"...
La presente Autorización se concede de conformidad con las bases siguientes:
Primera. La Sociedad se organizará y funcionará como Sociedad Financiera Popular conforme a lo dispuesto por el artículo 9 y demás aplicables de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Segunda. La Sociedad se sujetará a las disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, la Ley General de Sociedades Mercantiles, las demás que le sean aplicables y particularmente a lo siguiente:
-
Su denominación será "Alta Servicios Financieros", la cual se usará seguida de las palabras Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera Popular o de su abreviatura S.A. DE C.V., S.F.P.
..."
El presente oficio se emite con fundamento en las disposiciones legales antes invocadas; así como en los artículos 120, primer párrafo, 147 y 152 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 16, fracción XVI, así como antepenúltimo párrafo, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 1, 3, 4...
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