Acuerdo por el que se actualiza la disponibilidad media anual de las aguas superficiales en las cuencas hidrológicas La Palma, Calamajue, Asamblea, Tepetate, San Pedro, El Alambrado, El Infiernito, Mulegé, San Marcos-Palo Verde, San Bruno, San Lucas, Santa Agueda, Santa Rosalía, Las Vírgenes y Paralelo 28, mismas que forman parte de la región hidrológica número 5 Baja California Centro-Este

Fecha de disposición09 Noviembre 2011
Fecha de publicación09 Noviembre 2011
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JOSE LUIS LUEGE TAMARGO, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 Bis fracciones III, XXIII y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, 19 BIS, 22 segundo y último párrafos y Séptimo Transitorio de la Ley de Aguas Nacionales; 23 y 37 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 8 primer párrafo y 13 fracción XIII inciso b) del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;

Que el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Aguas Nacionales, señala que para el otorgamiento de concesiones o asignaciones, debe tomarse en consideración la disponibilidad media anual del recurso, para lo cual, el propio precepto dispone en su último párrafo, que la Comisión Nacional del Agua debe publicar la disponibilidad de aguas nacionales por cuenca hidrológica, región hidrológica o localidad, y en ese sentido el día 21 de septiembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas superficiales en las cuencas hidrológicas La Palma, Calamajue, Asamblea, Tepetate, San Pedro, El Alambrado, El Infiernito, Mulegé, San Marcos-Palo Verde, San Bruno, San Lucas, Santa Agueda, Santa Rosalía, Las Vírgenes y Paralelo 28 mismos que forman parte de la región hidrológica número 5 Baja California Centro-Este";

Que asimismo, el citado artículo 22 en sus párrafos segundo y último, establece el que la disponibilidad media anual deberá actualizarse por la Comisión Nacional del Agua; por lo que, en cumplimiento a la obligación citada se ha determinado, con base en la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, la actualización de la disponibilidad media anual de aguas superficiales de las cuencas hidrológicas La Palma, Calamajue, Asamblea, Tepetate, San Pedro, El Alambrado, El Infiernito, Mulegé, San Marcos-Palo Verde, San Bruno, San Lucas, Santa Agueda, Santa Rosalía, Las Vírgenes y Paralelo 28, mismas que forman parte de la región hidrológica número 5 Baja California Centro-Este;

Que entre los elementos que se tomaron en consideración para la actualización de la disponibilidad media anual de aguas nacionales en la región hidrológica materia de este Acuerdo, se encuentran los relativos al cálculo del escurrimiento natural de la cuenca hidrológica, escurrimiento desde la cuenca hidrológica aguas arriba, retornos, importaciones, exportaciones, extracción de agua superficial, escurrimiento de la cuenca hidrológica hacia aguas abajo y volumen actual comprometido aguas abajo, mismos que se mencionan en la citada Norma Oficial Mexicana;

Que asimismo, para la actualización de la disponibilidad media anual de aguas nacionales superficiales se consideró la información pluviométrica de las cuencas hidrológicas a que se refiere este Acuerdo, habiéndose considerado además, para la realización de los estudios técnicos correspondientes, mismos que se efectuaron por el Organismo de Cuenca "Península de Baja California", que es uno de aquellos en los que se ha dividido el territorio nacional para la gestión del recurso a partir de las cuencas hidrológicas, los datos históricos relativos a las características y el comportamiento de las cuencas hidrológicas, y los volúmenes de agua superficial concesionados e inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua, al 31 de diciembre de 2009,

por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ACTUALIZA LA DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE LAS AGUAS SUPERFICIALES EN LAS CUENCAS HIDROLOGICAS LA PALMA, CALAMAJUE, ASAMBLEA, TEPETATE, SAN PEDRO, EL ALAMBRADO, EL INFIERNITO, MULEGE, SAN MARCOS-PALO VERDE, SAN BRUNO, SAN LUCAS, SANTA AGUEDA, SANTA ROSALIA, LAS VIRGENES Y PARALELO 28, MISMAS QUE FORMAN PARTE DE LA REGION HIDROLOGICA NUMERO 5 BAJA CALIFORNIA CENTRO-ESTE

ARTICULO PRIMERO

La actualización de los valores medios anuales de disponibilidad en las cuencas hidrológicas que a continuación se mencionan, mismas que forman parte de la región hidrológica número 5 Baja California Centro-Este, son los siguientes:

  1. CUENCA HIDROLOGICA LA PALMA: VOLUMEN DISPONIBLE A LA SALIDA DE 4.328 MILLONES DE METROS CUBICOS. CLASIFICACION: (DISPONIBILIDAD).

    El volumen disponible que se señala en el párrafo anterior, comprende desde el nacimiento del Arroyo Las Arrastras hasta su desembocadura en el Mar de Cortés.

    Los estudios técnicos a través de los que se determinó el volumen que se señala en esta fracción, se realizaron respecto de la poligonal que a continuación se indica y atendieron a que la cuenca hidrológica La Palma, tiene una superficie de aportación de 1,123.7 kilómetros cuadrados y se encuentra delimitada al Norte por la cuenca hidrológica Agua Dulce, al Este por el Mar de Cortés, al Sur por las cuencas hidrológicas La Bocana, Jaraguay, San José, Chapala y Calamajue, y al Oeste por las cuencas hidrológicas La Bocana, Jaraguay, San José y Chapala.

    La poligonal a que se refiere esta fracción, es la siguiente:

    VERTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE
    GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
    1741 114 30 28.8 29 57 32.4
    1742 114 29 13.2 29 57 7.2
    1743 114 28 30.0 29 55 48.0
    1744 114 28 12.0 29 54 43.2
    1745 114 25 48.0 29 54 32.4
    1746 114 24 36.0 29 53 20.4
    1747 114 24 43.2 29 50 49.2
    1748 114 23 38.4 29 49 19.2
    1749 114 23 42.0 29 47 24.0
    1750 114 22 37.2 29 46 19.2
    1751 114 21 36.0 29 46 22.8
    1752 114 20 24.0 29 44 52.8
    1753 114 17 49.2 29 44 27.6
    1754 114 17 13.2 29 45 10.8
    1755 114 17 34.8 29 46 4.8
    1756 114 16 33.6 29 45 43.2
    1757 114 15 50.4 29 43 4.8
    1758 114 15 46.8 29 40 48.0
    1759 114 15 14.4 29 40 30.0
    1760 114 15 32.4 29 39 32.4
    1761 114 15 32.4 29 38 45.6
    1762 114 16 40.8 29 38 9.6
    1763 114 17 20.4 29 38 16.8
    1764 114 17 38.4 29 37 58.8
    1765 114 17 31.2 29 37 15.6
    1766 114 18 14.4 29 37 8.4
    1767 114 18 10.8 29 36 10.8

    1768 114 19 33.6 29 36 0.0
    1769 114 19 48.0 29 35 2.4
    1770 114 17 27.6 29 32 24.0
    1771 114 16 26.4 29 31 40.8
    1772 114 16 58.8 29 30 39.6
    1773 114 15 50.4 29 28 51.6
    1774 114 16 26.4 29 28 8.4
    1775 114 15 36.0 29 27 0.0
    1776 114 17 9.6 29 25 51.6
    1037 114 17 34.8 29 25 33.6
    1036 114 18 7.2 29 25 51.6
    1035 114 18 39.6 29 26 49.2
    1034 114 20 6.0 29 26 31.2
    1033 114 20 34.8 29 27 18.0
    1032 114 21 28.8 29 28 33.6
    1031 114 22 8.4 29 28 44.4
    1030 114 22 26.4 29 29 34.8
    1029 114 23 13.2 29 30 36.0
    1028 114 26 6.0 29 30 18.0
    991 114 26 49.2 29 30 57.6
    990 114 27 7.2 29 32 16.8
    989 114 27 18.0 29 33 3.6

    988 114 26 31.2 29 33 39.6
    987 114 26 38.4 29 34 37.2
    986 114 27 50.4 29 35 6.0
    985 114 28 15.6 29 35 31.2
    984 114 29 38.4 29 35 38.4
    983 114 30 7.2 29 35 24.0
    942 114 30 18.0 29 35 42.0
    941 114 30 54.0 29 37 1.2
    940 114 32 2.4 29 38 27.6
    939 114 31 30.0 29 38 60.0
    938 114 31 26.4 29 39 36.0
    937 114 33 3.6 29 40 8.4
    936 114 33 57.6 29 41 24.0
    935 114 34 40.8 29 41 49.2
    934 114 35 56.4 29 42 7.2
    894 114 36 14.4 29 42 43.2
    893 114 35 31.2 29 43 1.2
    892 114 35 20.4 29 43 26.4
    891 114 36 3.6 29 44 9.6
    890 114 34 55.2 29 46 33.6
    889 114 35 9.6 29 46 55.2
    888 114 36 18.0 29 47 45.6
    887 114 36 3.6 29 48 39.6
    886 114 36 28.8 29 49 26.4
    885 114 36 25.2 29 50 13.2
    884 114 37 26.4 29 52 15.6
    883 114 38 56.4 29 52 19.2
    882 114 40 1.2 29 52 40.8
    1740 114 39 54.0 29 52 51.6
    1739 114 39 46.8 29 53 2.4
    1738 114 40 4.8 29 53 27.6
    1737 114 40 12.0 29 53 52.8

    1736 114 39 50.4 29 55 1.2
    1735 114 39 21.6 29 55 12.0
    1734 114 37 55.2 29 54 50.4
    1733 114 37 33.6 29 55 40.8
    1732 114 37 26.4 29 57 14.4
    1731 114 37 1.2 29 57 25.2
    1730 114 36 28.8 29 57 18.0
    1729 114 33 25.2 29 56 38.4
    1728 114 32 56.4 29 56 52.8
    ...

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