Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que ha causado estado la resolución que sobresee el Juicio de Amparo número 1065/2008, promovido por la empresa Continental Serv, S.A. de C.V., en contra de la resolución dictada en el expediente número CI-S-PEP-0165/2004

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Exploración y Producción.- Area de Responsabilidades.- Expediente CI-S-PEP-0165/2004. CIRCULAR OIC-PEP-AR-18.575.0006/2009

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE LA C. SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN VILLAHERMOSA, TABASCO, COMUNICA QUE HA CAUSADO ESTADO LA RESOLUCION QUE SOBREESE EL JUICIO DE AMPARO No. 1065/2008 PROMOVIDO POR LA EMPRESA CONTINENTAL SERV, S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE FECHA 10 DE MARZO DE 2008, DICTADA POR ESTA AREA DE RESPONSABILIDADES EN EL EXPEDIENTE NUMERO CI-S-PEP-0165/2004.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

En cumplimiento a lo resuelto en la sentencia de fecha 21 de noviembre de 2008 dictada por el C. Juez Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Jalapa de Enríquez, Veracruz, en la que determinó sobreseer el juicio de amparo número 1065/2008-IV, promovido por la empresa Continental Serv, S.A. de C.V., en contra de la resolución pronunciada con fecha 10 de marzo de 2008 por esta Area de Responsabilidades en el expediente administrativo número 0165/2004, y a lo acordado por la C. Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tabasco, en proveído de fecha 29 de enero de 2009, en el que se determinó que la sentencia dictada en el juicio de amparo número 1065/2008-IV, "...ha causado estado..."; en consecuencia, se da a conocer la continuación de la inhabilitación de 9 meses originalmente impuesta a la empresa por esta Area de Responsabilidades cuya ejecución fue suspendida, de la cual habían transcurrido un total de 4 meses 23 días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la Circular número OIC-PEP-AR-18.575.0011/2008 que fue el 27 de...

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