Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de recibir proposiciones o adjudicar contratos con Arsenal de Llantas, S.A.P.I. de C.V.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de la Función Pública |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Diconsa, S.A. de C.V.- Área de Responsabilidades.- Expediente SP-07/2013. CIRCULAR No. SFP.113.20142.02.1735.2014
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE RECIBIR PROPOSICIONES O ADJUDICAR CONTRATOS CON ARSENAL DE LLANTAS, S.A.P.I. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presente.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 26 y 37 fracciones VIII y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en correlación con el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la citada Ley Orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 2 de enero de 2013; 62 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 2o., 3o., 8o., 9o. primer párrafo, 70 fracción VI, 72, 73 y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria; 59, 60 y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 114 y 115 del Reglamento de la citada Ley; 80 fracción I, numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; y, en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo Tercero de la Resolución de fecha diecinueve de mayo de dos mil catorce, que se dictó en el expediente número S.P. 07/2013, mediante el cual se resolvió el procedimiento de Sanción a Proveedor incoado a Arsenal de Llantas, S.A.P.I. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de recibir propuestas o adjudicar contrato alguno con dicha empresa, de manera directa o por interpósita persona, sobre las materias de adquisiciones...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba