Circular dirigida a los oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de las entidades federativas, por la que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa HMI Industria Marítima S.A. de C.V.
Fecha de disposición | 19 Octubre 2018 |
Fecha de publicación | 19 Octubre 2018 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de Marina.- Subcontraloría General y Coordinación del Órgano Interno de Control.- Área de Responsabilidades.- Expediente Núm. TAR-50/17. CIRCULAR POR LA QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA "HMI INDUSTRIA MARITIMA S.A DE C.V.
Oficiales Mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República y
equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y
de las entidades federativas
Presente
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59, 60 fracción III y segundo párrafo y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 3, 12, 57, 73 y 74 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 99 fracción I numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, en cumplimiento al resolutivo sexto de la resolución de fecha dos de agosto del dos mil dieciocho dictada por esta Autoridad dentro del expediente TAR-50/17, mediante el cual se resolvió el Procedimiento Administrativo de Sanción a Licitantes, Proveedores y/o Contratistas que señala la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incoado a la empresa, "HMI INDUSTRIA MARITIMA S.A DE C.V", representada por el Ciudadano Alejo Rivera Aguirre, esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente en que se publique la presente circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público con la empresa en comento, por habérsele impuesto como sanción la inhabilitación por un plazo de 4 años 9 meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente circular.
Las entidades federativas y los municipios deberán cumplir con lo señalado en esta circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público que contraten, se realicen con cargo total...
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