Circular Modificatoria 21/15 de la Única de Seguros y Fianzas

Fecha de disposición07 Enero 2016
Fecha de publicación07 Enero 2016
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR MODIFICATORIA 21/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS

(Anexo 38.1.4.)

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, y 372, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, las instituciones de seguros constituirán y valuarán las reservas técnicas a que se refieren los artículos 216, 217 y 223 de la misma Ley, de conformidad con las disposiciones de carácter general que emita la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, considerando los principios previstos en el propio artículo 218.

Que en términos de lo establecido en el artículo 224 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la Comisión determinará, mediante disposiciones de carácter general, la forma y términos en que las instituciones de seguros y las instituciones de fianzas deberán informarle y comprobarle todo lo relativo a sus reservas técnicas.

Que de acuerdo con la Disposición 38.1.4. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, el Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (RR-3) se presentará de conformidad con lo señalado en el Anexo 38.1.4, y su entrega se apegará al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1 y 39.3 de la citada Circular.

Que de la aplicación que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha llevado a cabo de lo establecido en el citado Anexo 38.1.4. para efectos de la entrega del RR-3, dicha Comisión ha estimado necesario, en aras de brindar certeza jurídica a las entidades reguladas, realizar adecuaciones al citado Anexo, a fin de dar mayor claridad a la normativa sin que tales adecuaciones modifiquen su alcance.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto modificar la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos:

CIRCULAR MODIFICATORIA 21/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS

(Anexo 38.1.4.)

ÚNICA.- Se modifica el Anexo 38.1.4. de la Circular Única de Seguros y Fianzas.

TRANSITORIA

ÚNICA.- La presente Circular Modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, y 372, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., 21 de diciembre de 2015.- La Presidenta de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Norma Alicia Rosas Rodríguez.- Rúbrica.

ANEXO 38.1.4

INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON EL REPORTE REGULATORIO SOBRE RESERVAS TÉCNICAS (RR-3)

Para efectos de lo establecido en la Disposición 38.1.4., las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán presentar, según se indica, la información y documentación relacionada con el reporte regulatorio sobre reservas técnicas (RR-3), conforme se indica a continuación:

Las Instituciones y Sociedades Mutualistas efectuarán la entrega del Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (RR-3), en los 20 días hábiles posteriores al cierre del mes de diciembre y en los 15 días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre o de cada mes, en caso de que cuenten con la autorización a que se refiere la Disposición 5.8.13 de la presente Circular Única.

En el caso de Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas, con excepción de las Instituciones de Seguros autorizadas para practicar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social.

Informe de control de entrega de información de Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas

Trimestralmente, deberá ser enviado el producto RR3CERTS, el cual deberá contener el archivo en formato Excel correspondiente al informe de control de entrega de información, de conformidad con lo que se indica a continuación:

  1. Para su envío, el producto deberá encriptarse en un solo archivo en formato .ZIP.PGP, cuyo nombre deberá integrarse de 21 caracteres alfanuméricos, ordenados como sigue:

  2. Las primeras ocho posiciones corresponderán al identificador específico del producto: "RR3CERTS".

  3. En la novena posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía:

    Clave
    Definición
    H
    Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud.
    G
    Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera.
    V
    Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda.
    S
    Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas.
  4. De la décima a la décima tercera posiciones deberá escribirse el número asignado a la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.

  5. De la décima cuarta a la décima séptima posiciones deberá escribirse el año.

  6. En la décima octava y décima novena posiciones deberá escribirse el mes que se reporta.

  7. En la vigésima y vigésima primera posiciones deberá señalarse el último día del mes que se reporta.

    Ejemplo:

    Clave de la compañía: "S"

    Número de la compañía: "0009"

    Día: ("30")

    Mes: junio ("06")

    Año: 2013

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    Extensión
    R
    R
    3
    C
    E
    R
    T
    S
    S
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    0
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    0
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    3
    0
    6
    3
    0
    .ZIP
    .PGP

    El archivo en formato Excel correspondiente al control de entrega de información

    El archivo en formato Excel correspondiente al informe de control de entrega de información, al igual que su respectivo manual de uso, estarán disponibles en la Página Web de la Comisión (www.cnsf.gob.mx) con el nombre "RR3CERTS.xls". Para su envío, dicho archivo deberá ser renombrado conforme a lo siguiente:

    El nombre deberá integrarse de 24 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:

  8. En las primeras once posiciones deberá escribirse el identificador específico del archivo: "RR3CERTSFMT".

  9. En la décima segunda posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía.

    Clave
    Definición
    H
    Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud.
    G
    Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera.
    V
    Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda.
    S
    Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas.
  10. De la décima tercera a la décima sexta posiciones deberá escribirse el número asignado a la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.

  11. De la décima séptima a la vigésima posiciones deberá escribirse el año.

  12. En la vigésima primera y vigésima segunda posiciones deberá escribirse el mes que se reporta.

  13. En la vigésima tercera y vigésima cuarta posiciones deberá escribirse el último día del mes que se reporta.

    Ejemplo:

    Clave de la compañía: "S"

    Número de la compañía: "0009"

    Día: "30"

    Mes: junio ("06")

    Año: 2013

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    Extensión
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    R
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    C
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    T
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    F
    M
    T
    S
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    1
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    3
    0
    .XLS

    El formato en Excel correspondiente al informe de control de entrega de información se deberá llenar conforme a lo siguiente:

  14. La información que contendrán las celdas de la columna denominada "Reporte", será la relativa a los nombres de todos los reportes señalados en el presente Reporte Regulatorio, que pueden ser entregados por las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas.

    ii) Para cada renglón, cada celda de la columna denominada "Entregado", deberá ser llenada con el texto "SI", en caso de que el reporte cuyo nombre esté señalado en el mismo renglón en la columna "Reporte", sea enviado por la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista en el trimestre o cierre del ejercicio de que se trate; en caso contrario, la celda de la columna denominada "Entregado" deberá ser llenada con el texto "NO".

    1. Reserva de riesgos en curso

    Información con periodicidad de entrega trimestral

    El reporte de los resultados de la valuación de la reserva de riesgos en curso de cada ramo o tipo de seguro, con periodicidad de entrega trimestral, constará de lo siguiente:

    1. - El producto RR3RRCCV, mismo que deberá contener los archivos de texto de la valuación de la reserva de riesgos en curso, el archivo en formato Excel correspondiente al resumen de la valuación de la reserva de riesgos en curso y el documento o documentos de certificación, en formato pdf, correspondientes a la valuación de la reserva de riesgos en curso, suscritos por los actuarios responsables de la misma, a que se refieren los incisos 1, 2 y 3 inmediatos siguientes, de conformidad con lo que se indica a continuación:

  15. Para su envío, el producto deberá encriptarse en un solo archivo en formato .ZIP.PGP, cuyo nombre deberá integrarse de 21 caracteres alfanuméricos, ordenados como sigue:

  16. Las primeras ocho posiciones corresponderán al identificador específico del producto: "RR3RRCCV".

  17. En la novena posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía:

    Clave
    Definición
    H
    Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud.
    G
    ...

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