Resolución CNH.06.001/11 por la que la Comisión Nacional de Hidrocarburos da a conocer los Lineamientos técnicos de medición de hidrocarburos

DOF, 30 de Junio de 2011Organismos Desconcentrados o Descentralizados › Comision Nacional de Hidrocarburos

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Resolución CNH.06.001/11 por la que la Comisión Nacional de Hidrocarburos da a conocer los Lineamientos técnicos de medición de hidrocarburos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Comisión Nacional de Hidrocarburos. JUAN CARLOS ZEPEDA MOLINA, EDGAR RENE RANGEL GERMAN, JAVIER HUMBERTO ESTRADA ESTRADA, GUILLERMO CRUZ DOMINGUEZ VARGAS y ALMA AMERICA PORRES LUNA, Comisionado Presidente y Comisionados, respectivamente, integrantes de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, con fundamento en los artículos 2, 3 y 4, fracciones III, V, VI, VII, XII, XIII, XV, XVI, XVIII, XIX, XX, XXII y XXIII, de la Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos; 11 y 16 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 11, 12, 14, 16, 30 último párrafo, 31 y 32 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, así como 11 y 22 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, al tenor de los siguientes:

CONSIDERANDOS

Que Petróleos Mexicanos, en su calidad de entidad pública y único operador del Estado Mexicano responsable de la exploración y explotación de hidrocarburos propiedad de la Nación, debe contar con sistemas de medición confiables y auditables, que recuperen la información de la extracción de hidrocarburos líquidos y gaseosos en todos y cada uno de los pozos, baterías de separación de aceite y gas y ductos sean éstos en tierra o costa afuera, hasta los puntos de transferencia de custodia entre subsidiarias y a clientes en puntos de venta.

Que en atención a lo anterior, y con base en lo dispuesto por la Ley Federal de Derechos, en sus artículos 258 Quintus, y Primero y Tercero Transitorios del "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, relativa al Régimen Fiscal de Petróleos Mexicanos", publicado por el Titular del Ejecutivo Federal en el Diario Oficial de la Federación el jueves 18 de noviembre de 2010, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (Comisión) debe emitir los lineamientos a los que quedarán sujetos los sistemas de medición de volúmenes extraídos de petróleo crudo y gas natural, instalados en cada pozo, campo y punto de transferencia de custodia.

Que en la elaboración de los presentes Lineamientos Técnicos, la Comisión Nacional de Hidrocarburos intercambió argumentos técnicos y administrativos con Petróleos Mexicanos (PEMEX), tanto con la Dirección Corporativa de Operaciones (DCO), como P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. y Pemex Exploración y Producción (PEP).

Que PEP ha emitido instrumentos administrativos internos, tales como el Plan Rector para la Medición de Hidrocarburos 2007-2010 y el Plan Rector para la Medición de Hidrocarburos en PEP 2011-2015, los cuales han sido considerados por la Comisión, como elementos sustantivos para la elaboración de los presentes Lineamientos Técnicos.

Que la medición de hidrocarburos es una materia que está basada en normas técnicas y estándares, por lo que los presentes Lineamentos Técnicos están basados en la normatividad nacional e internacional vigente, y la emisión de normas adicionales y complementarias a los presentes Lineamientos Técnicos, deberán estar armonizadas conforme los estándares internacionales.

Que la medición de los hidrocarburos, tanto de volúmenes extraídos como vendidos, forma parte esencial del proceso de la estimación de las reservas de hidrocarburos.

Que para la medición de los volúmenes extraídos de hidrocarburos, es necesario emplear métodos de medición directa e indirecta, desde los pozos, hasta su transferencia de custodia y entrega para venta final.

Que a través de la emisión de los presentes Lineamientos Técnicos, la Comisión Nacional de Hidrocarburos establece las bases normativas que regularán los sistemas de medición de los hidrocarburos extraídos, desde los pozos hasta los puntos de venta interna y externa pasando por los puntos de transferencia de custodia interna.

Que el objetivo a corto plazo de la Comisión al expedir los presentes Lineamientos Técnicos, es cubrir una primera etapa en la que PEMEX y las diferentes entidades gubernamentales interesadas -en particular la Secretaría de Energía (SENER) y la Secretaría de H...

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