Resolución preliminar de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias sobre las importaciones de placa de acero en hoja al carbono originarias de Rumania, Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03 y 7208.52.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

DOF, 22 de Noviembre de 2011Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia

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Resolución preliminar de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias sobre las importaciones de placa de acero en hoja al carbono originarias de Rumania, Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03 y 7208.52.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCION PRELIMINAR DE LA REVISION DE OFICIO DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS SOBRE LAS IMPORTACIONES DE PLACA DE ACERO EN HOJA AL CARBONO ORIGINARIAS DE RUMANIA, RUSIA Y UCRANIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCIA SE CLASIFICA EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03 Y 7208.52.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION.

Visto para resolver en la etapa preliminar el expediente administrativo Rev. 20/10 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

A. Resolución final

1. El 21 de septiembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de placa de acero en hoja al carbono originarias de Rumania, Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia (la "Resolución Final").

B. Monto de la cuota compensatoria

2. Mediante la resolución a que se refiere el punto anterior, se impusieron las siguientes cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de placa de acero en hoja al carbono con espesor de hasta 4.5 pulgadas, ancho de hasta 120 pulgadas y peso unitario de hasta 6,250 kilogramos:

a. de 67.6 por ciento para las originarias de Rumania;

b. de 60.1 por ciento para las originarias de Ucrania; y

c. de 36.8 por ciento para las originarias de Rusia.

3. Se excluyó del pago de dichas cuotas a la placa de acero en hoja al carbono con las características señaladas en el punto 374 de la Resolución Final.

C. Resolución de inicio de examen y revisión

4. El 21 de septiembre de 2010 se publicó en el DOF la resolución por la que se declaró el inicio de la revisión de oficio y del examen de vigencia de las cuotas compensatorias. Se fijó como periodo de revisión del 1 de julio de 2009 al 30 de junio de 2010.

D. Convocatoria y notificaciones

5. Mediante la publicación a que se refiere el punto anterior, la Secretaría convocó a los productores nacionales, importadores, exportadores y a cualquier persona que considerara tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes.

6. La Secretaría también notificó el inicio del procedimiento a las partes interesadas de que tuvo conocimiento y a los gobiernos de Rumania, Rusia y Ucrania.

E. Producto investigado

1. Características esenciales

a. Descripción general

7. La placa de acero en hoja al carbono es acero en forma rectangular suministrado en condiciones de rolado con o sin orilla de molino, con espesor de hasta 4.5 pulgadas, ancho de hasta 120 pulgadas y peso unitario de hasta 6,250 kilogramos. Las especificaciones que describen a esta mercancía son el espesor, ancho y largo. Por su naturaleza, la placa es un producto que no está libre de óxido superficial. Es usada en aplicaciones estructurales o aplicaciones donde la calidad superficial no es importante, como la industria manufacturera y de la construcción. Se fabrica con aceros al carbón o comerciales que constituyen la mayor parte de la producción siderúrgica del mundo. Comercialmente se le conoce como placa o plancha de acero cortada en hoja, y en inglés como plate, medium plate, heavy plate, hot rolled carbon steel plate o cut-to-length steel plate.

b. Clasificación arancelaria

8. La mercancía objeto de revisión se clasifica en las fracciones arancelarias 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03 y 7208.52.01 de la TIGIE, y su clasificación es la siguiente:

Clasificación arancelaria Clasificación arancelaria

Descripción

Capítulo: 72 Fundición, hierro y acero. Partida: 7208 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en caliente, sin chapar ni revestir. Subpartida de primer nivel Los demás, sin enrollar, simplemente laminados en caliente: Subpartida de segundo nivel: 7208.51 -- De espesor superior a 10 mm. 7208.51.01 De espesor superior a 10 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7208.51.02 y 7208.51.03. 7208.51.02 Placas de acero de espesor superior a 10 mm, grados SHT-80, SHT-110, AR-400, SMM-400 o A-516. 7208.51.03 Placas de acero de espesor superior a 70 mm, grado A-36. Subpartida de segundo nivel: 7208.52 -- De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm. 7208.52.01 De espesor superior o igual a 4....

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