Aviso por el que se declara procedente el desistimiento de Fersinsa, GB, S.A. de C.V. y concluida la investigación antidumping y antisubvención sobre las importaciones de amoxicilina trihidratada originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en la fracción arancelaria 2941.10.12 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Fecha de disposición20 Octubre 2011
Fecha de publicación20 Octubre 2011
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. AVISO POR EL QUE SE DECLARA PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DE FERSINSA, GB, S.A. DE C.V. Y CONCLUIDA LA INVESTIGACION ANTIDUMPING Y ANTISUBVENCION SOBRE LAS IMPORTACIONES DE AMOXICILINA TRIHIDRATADA ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCIA SE CLASIFICA EN LA FRACCION ARANCELARIA 2941.10.12 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION.

Visto para resolver sobre el desistimiento presentado en el expediente administrativo 26/10 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI o la "Autoridad Investigadora") de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite el presente aviso de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. El 20 de agosto de 2010 Fersinsa GB, S.A. de C.V. ("Fersinsa" o la "Solicitante") solicitó el inicio de la investigación por prácticas desleales de comercio internacional en sus modalidades de discriminación de precios y de subvenciones, en contra de las importaciones de amoxicilina trihidratada originarias de China e India, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en la fracción arancelaria 2941.10.12 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).

    1. Inicio de la investigación

  2. El 12 de julio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución por la que se aceptó la solicitud de parte interesada y se declaró el inicio de la investigación.

  3. La Secretaría notificó el inicio de la investigación a la Solicitante, al gobierno de China, de la India y a las empresas importadoras y exportadoras de que tuvo conocimiento. Les corrió traslado de la solicitud, la respuesta a la prevención y sus anexos, así como de los formularios oficiales de investigación, con el objeto de que presentaran la información requerida y formularan su defensa.

    1. Desistimiento

  4. El 30 de agosto de 2011 Fersinsa compareció para desistirse únicamente del procedimiento antidumping y antisubvención sobre las importaciones de amoxicilina trihidratada originarias de China.

    1. Manifestaciones sobre el desistimiento

  5. En términos del artículo 137 fracción II del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE), el 1 de septiembre de 2011 la Secretaría notificó al gobierno de China y a las importadoras y exportadoras que comparecieron ante la...

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