Acuerdo por el que se da a conocer la lista de especies y poblaciones prioritarias para la conservación
Fecha de disposición | 05 Marzo 2014 |
Fecha de publicación | 05 Marzo 2014 |
Emisor | SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 32 Bis fracciones I y II, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. fracciones I, XI, 79, fracciones I, II, III, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 61 y 62, de la Ley General de Vida Silvestre, y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la SEMARNAT, y
CONSIDERANDO
Que la SEMARNAT de acuerdo con el Artículo 61 de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), tiene como obligación elaborar y publicar la lista de especies prioritarias para la conservación, con el fin de promover el desarrollo de proyectos para su conservación y recuperación, y con ello la de ecosistemas, hábitat y especies con los que se encuentran asociadas. Dicha lista se debe elaborar conforme a las disposiciones estipuladas en el artículo 61 de la LGVS y observando el procedimiento establecido para tal efecto y se dará a conocer con la opinión previa del Consejo Técnico Consultivo Nacional para la Conservación y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (CONAVIS) (LGVS Art. 61 y 62).
Que es de suma importancia la conservación de especies, toda vez que presenta ventajas complementarias al atender necesidades específicas para aquellas que se encuentran en alguna categoría de riesgo. Al conservar especies que requieren de grandes extensiones de hábitat bien conservado, que son carismáticas o que son de importancia para el hombre, es posible atraer la atención pública, recursos nacionales e internacionales y esfuerzos para la protección de su hábitat natural, y proteger a su vez numerosas especies asociadas y comunidades biológicas.
Que el objetivo principal de determinar especies prioritarias es promover la conservación de otras especies y hábitat críticos por medio de la conservación de un número razonable y atendible de especies de importancia crucial, que permitan extender los beneficios logrados a otros hábitat y especies, asimismo la protección de áreas naturales y especies silvestres son estrategias complementarias para asegurar la permanencia, integridad ecológica y viabilidad evolutiva de la biodiversidad.
Que para la elaboración de la lista, se integró un grupo de trabajo del sector ambiental del gobierno federal integrado por la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS), la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), realizando las siguiente acciones: Se diseñó y organizó un procedimiento para la determinación del listado de especies prioritarias; integración de una lista de especies consideradas como prioritarias en programas de la SEMARNAT y en otros listados; llevó a cabo una consulta con académicos especialistas en distintos grupos taxonómicos y sistematizó la evaluación de cada una de las especies de la lista; realizó un taller de discusión y análisis con expertos en estrategias de conservación, analizando las evaluaciones de los especialistas con un enfoque estratégico para identificar la lista de especies de mayor prioridad en términos de optimizar esfuerzos de conservación.
Que la lista de especies prioritarias es el resultado de un proceso sistemático y de conocimiento experto en la que se proponen 372 especies de plantas y animales.
Que este listado de especies no es una lista de especies en riesgo (materia de la NOM-059-SEMARNAT-2010), sino que se trata de una lista de especies que ofrecen oportunidades para dar mayor alcance a los esfuerzos de conservación.
Que para dar atención a lo previsto por el Artículo 61 de la LGVS, será necesario que la lista se revise por lo menos cada tres años. Este primer esfuerzo establece las bases para realizar futuras revisiones destinadas a ponderar la permanencia de las especies propuestas así como la evaluación y eventual inclusión de otras especies, según lo requieran las prioridades de conservación de la biodiversidad en México. Finalmente, cabe subrayar que esta lista de especies prioritarias es parte de los instrumentos de política pública; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA LISTA DE ESPECIES Y POBLACIONES PRIORITARIAS PARA LA CONSERVACIÓN
ÚNICO. Se informa al público en general que, para los efectos precisados en los artículos 61 y 62 de la Ley General de Vida Silvestre se da a conocer el listado de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, en que la Secretaría dará prioridad a la promoción del desarrollo de proyectos para la conservación y recuperación de las especies que a continuación se enlistan:
Reino Plantae | |||||||
División | Clase | Orden o suborden | Familia | Nombre científico | Nombre común | Sinónimos | NOM-059- SEMARNAT- 2010 |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia alvarezii | Palmita | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia becerrae | Palmita | | A |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia decumbens | Palmita | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia euryphyllidia | | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia hildae | Pata de gallo | | A |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia huastecorum | | | A |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia kuesteriana | | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia latifolia | | Ceratozamia mexicana latifolia | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia matudae | | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia mexicana | Piña del monte, costilla de león | Ceratozamia mexicana mexicana, Ceratozamia mexicana fuscoviridis, Ceratozamia brevifolia, Ceratozamia brevifrons, Ceratozamia intermedia, Ceratozamia longifolia | A |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia microstrobila | Chamalillo | | A |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia miqueliana | Palmita | Ceratozamia ghiesbreghtii, Ceratozamia mexicana miqueliana | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia mirandae | Amendaui | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia mixeorum | Carrete | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia morettii | Tepetmaizte, tepemaizte (Náhuatl | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia norstogii | | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia robusta | Tushku, costilla de león | Ceratozamia mexicana robusta | A |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia vovidesii | Amenduai, palma | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia whitelockiana | | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia zaragozae | | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Ceratozamia zoquorum | | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon angustifolium | Chamal | Dioon edule angustifolium, Dioon edule angustifolium, Dioon aculeatum | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon califanoi | Palma | Dioon edule califanoi | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon caputoi | Palma real | Dioon edule caputoi | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon edule | Chamal, Palma de Teresita | Dioon strobilaceum, Platyzamia rigida, Dioon edule lanuginosum, Dioon imbricatum | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon holmgrenii | Palma de sol, Marisol | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon merolae | Espadaña, nimalari | Dioon edule merolae | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon purpusii | Palma real | Dioon edule purpussi | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon rzedowskii | Tush-kju | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon sonorense | Palma de la Virgen | Dioon tomasellii sonorense, Dioon edule sonorense, Dioon edule gentry | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon spinulosum | Palma de chicalite, palma de Dolores | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Dioon tomasellii | Palma de la Virgen | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Zamia cremnophila | | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Zamia fischeri | Chamalillo, amigo del maíz | | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Zamia furfuracea | Palma bola, zamia | Zamia furfuracea trewii | P |
Cycadophyta | Cycadopsida | Cycadales | Zamiaceae | Zamia inermis | Palmita | ...
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