Acuerdo por el que se da a conocer las Reglas de Operación del Programa de Innovación, Investigación, Desarrollo Tecnológico y Educación (PIDETEC), de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Fecha de disposición18 Diciembre 2013
Fecha de publicación18 Diciembre 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. ENRIQUE MARTÍNEZ Y MARTÍNEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos Art. 25 Párrafo 5 y 28 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 9o., 26 y 35 fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9o. y 12 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 7o., 8o., 22 fracción IX inciso a), 32, fracciones I, II, IV, IX, y XIII, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 80, 86, 87, 124, 140, 164, 178, 190 fracción I y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1o., 2o., 3o., 5o. fracción XXII, y 21 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 29, Transitorio Segundo y Anexo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, y 176 de su Reglamento, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales;

Que la igualdad de oportunidades es fundamental para impulsar un México Próspero, por lo que es necesario elevar la productividad del país como medio para incrementar el crecimiento potencial de la economía y así el bienestar de las familias, y uno de los propósitos del Gobierno de la República es generar una sociedad de derechos que logre la inclusión de todos los sectores sociales y reducir los altos niveles de desigualdad, con base en lo estipulado en el Pacto por México;

Que conforme a lo establecido en el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de enero de 2013, el Gobierno de la República debe dar resultados en el corto plazo para garantizar a la población el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a través de acciones coordinadas, eficaces, eficientes, y transparentes con un alto contenido de participación social, por lo que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal realizarán las acciones necesarias para el cumplimiento del citado Decreto conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 20 de mayo de 2013, reconoce que "el campo es un sector estratégico, a causa de su potencial para reducir la pobreza e incidir sobre el desarrollo regional", y que "la capitalización del sector debe ser fortalecida" por lo que establece como una de las cinco metas nacionales, un México Próspero que promueva el crecimiento sostenido de la productividad en un clima de estabilidad económica y mediante la generación de igualdad de oportunidades, considerando que una infraestructura adecuada y el acceso a insumos estratégicos fomentan la competencia y permiten mayores flujos de capital y conocimiento hacia individuos y empresas con el mayor potencial para aprovecharlo, asimismo, busca proveer condiciones favorables para el desarrollo económico, a través de una regulación que permita una sana competencia entre las empresas y el diseño de una política moderna de fomento económico enfocada a generar innovación y crecimiento en sectores estratégicos;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 también establece dentro de la Meta 4. México Próspero, el Objetivo 4.10. Construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país, el cual esta canalizado en 5 Estrategias: Impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante la inversión en el desarrollo de capital físico, humano y tecnológico, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales del país con, entre otras, las siguientes Líneas de Acción: establecer instrumentos para rescatar, preservar y potenciar los recursos genéticos y aprovechar el desarrollo de la biotecnología, cuidando el medio ambiente y la salud humana, así como los modelos de asociación que generen economías de escala y mayor valor agregado de los productores del sector agroalimentario, promover mayor certidumbre en la actividad agroalimentaria mediante mecanismos de administración de riesgo, y modernizar el marco normativo e institucional para impulsar un sector agroalimentario productivo y competitivo;

Que el artículo 36 Fracción I, del mismo Decreto, ordena políticas públicas orientadas a incrementar la producción, productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas y que el presupuesto se oriente a prioritariamente hacia las pequeñas unidades de producción; y de igual forma, la Fracción III, inciso c) y g) del mismo Decreto,

establece como prioridades, entre otras, las de Apoyar a los productores para que apliquen las innovaciones y desarrollos tecnológicos disponibles y fortalezca su vinculación con los centros de investigación, así como la transferencia de tecnología del país y contribuir a la sustentabilidad de las actividades agropecuarias, pesqueras y acuícolas en lo referente a los recursos genéticos.

Que la tendencia mundial y la situación actual nacional plantean importantes desafíos en materia social y de productividad agroalimentaria; que obligan a los actores del campo mexicano a emprender un cambio de paradigma en su concepción y aplicación de la investigación, innovación, desarrollo tecnológico y educación; a efecto de que la aplicación de tales recursos y herramientas estratégicas, constituyan el motor que propicie una nueva época del desarrollo agropecuario y pesquero del país, y que contribuyan a la seguridad alimentaria y el bienestar de todas las mexicanas y mexicanos.

Que en conformidad con la Fracción IV del Artículo 8, Fracción V del Articulo 17, Articulo 30 y Fracción VII del Articulo 36 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, sus Anexos 10 y 10.1, se establecen los criterios generales para la aportación y aplicación a que deberán sujetarse las reglas de operación de los programas federales y en el anexo 24 del propio Decreto se enlistan los programas federales sujetos a reglas de operación;

Que las presentes Reglas de Operación, continúan privilegiando el gasto en bienes públicos, por su mayor impacto en productividad y eficiencia de los productores del sector agropecuario, pesquero y acuícola, sin dejar de apoyar la inversión privada;

Que la estructura programática de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, aprobada para 2014, incluye el Programa de Innovación, Investigación, Desarrollo Tecnológico y Educación;

Que en el segundo párrafo del artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se apunta que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes; y

Que a los programas sujetos a reglas de operación se les adicionarán otros ejes de política pública, para coadyuvar al impulso de los mercados y a perfeccionar la información disponible para el sector; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO Y EDUCACIÓN (PIDETEC), DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN

CONTENIDO

TITULO I Disposiciones Generales
Capítulo I Del objeto del programa
Capitulo II Lineamientos Generales
TITULO II De los Componentes
Capítulo I Del Componente Innovación para el Desarrollo Tecnológico...

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